Page 663 - El Programa de Medidas Agroambientales en la provincia de Huelva
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los titulares de fincas agrarias prioritarias; a los que pertenezcan a una agrupación de producción integrada oficialmente reconocida, o a una agrupación para trata- mientos integrados en agricultura; y, finalmente, a los asociados a una cooperativa de comercialización de pasas o la Denominación de Origen Pasas de Málaga.
Como el resto de órdenes de Medidas de Zona regionales, el esquema es muy parecido a las plurirregionales y a las horizontales, haciendo alusión, además de a los puntos ya mencionados, a los tipos de ayuda que existen, la financiación de las mismas, los beneficiarios, compromisos que éstos deben asumir, cuantía de las subvenciones, solicitudes y documentación a aportar, tramitación, resolución, pago, control y seguimiento de las ayudas concedidas, obligaciones de los benefi- ciarios, en cuanto a la justificación de las cantidades recibidas y, publicidad de las subvenciones. En este caso, se establece un plazo de presentación de instancias de un mes, desde la publicación de la Orden, y se deja al Director del F.A.G.A. la competencia para las convocatorias en próximas campañas.
Igual que en el caso del olivar, estimamos razonable que fuera la primera Orden de bases reguladoras en publicarse, creemos que no tiene sentido que la regla- mentación del Programa de Ayudas a las dehesas sea la quinta y última, siendo
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un ecosistema de tanto valor
manifiesto en apartados anteriores. La Orden de 6 de abril de 1999, conjunta de la Consejería de Agricultura y Pesca y de la Consejería de Medio Ambiente, estable- ce un régimen de ayudas para fomentar en las dehesas andaluzas el empleo de mé-
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, y tan extendido en Andalucía, como se ha puesto
todos de protección del Medio Ambiente y la conservación del espacio natural
El objetivo general consiste en “mantener los sistemas de producción extensivos agrosilvopastorales de las dehesas andaluzas, fomentando en los mismos el uso de métodos de producción basados en la gestión integral y equilibrada de todos sus recursos y, con ello, la protección de los mismos y de sus valores ambienta- les, de tanta trascendencia en estos sistemas”. Aparte de esta finalidad global, el artículo 2 de la Orden enumera unas metas más concretas que hacen referencia a la mejora del pastizal mediante el pastoreo adecuado, controlando el matorral; el mantenimiento de la cubierta vegetal que proteja de la erosión; la conservación del estrato arbóreo y arbustivo que mejore la fertilidad y el equilibrio hídrico y prevenga los incendios; así como “el uso múltiple de estos espacios, compatibi-
281 Según Vicente Supriano, agricultor onubense y propietario de dehesas, en declaraciones recogidas por la revista “La tierra de Andalucía”, en su número 7, de julio de 2005, editada por la Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos de Andalucía, es necesario “un mayor apoyo de todas las Administraciones a estos ecosistemas claramente amenazados” ya que las dehesas “son un patrimonio social, económico y ambiental que debe ser legado a las nuevas generaciones”.
282 BOJA núm. 50, de 29 de abril de 1999.
III. ESTUDIO DE CASO
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