Page 733 - El Programa de Medidas Agroambientales en la provincia de Huelva
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III. ESTUDIO DE CASO
 de Doñana, y a que la gestión interna del Parque se rige por el Plan Rector de Uso
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y Gestión , se plantean una serie de recomendaciones sobre los aspectos rela-
tivos a la protección, fundamentalmente de los recursos naturales, en tanto que son elementos imprescindibles para las actividades económicas. Entre ellas, se reseñan las realizadas sobre el territorio, las especies naturales o el agua, elemento éste cuya conservación es indispensable para la práctica de la agricultura:
– El mantenimiento de las actuales delimitaciones del Parque Nacional, de las zonas de protección y del Parque Natural Entorno de Doñana.
– Coordinación del conjunto de instrumentos normativos de aplicación en la zona.
– Protección de especies naturales, corrigiendo los enclaves en que se producen elevadas mortandades de especies por tendidos eléctricos, carreteras o basure- ros; manteniendo los hábitats naturales del entorno, sustituyéndolos por otros equivalentes cuando se vean afectados por alguna intervención; cuidado de la vegetación arbórea de arroyos, lagunas, ecotipos, etcétera y, especialmente, del acebuchar de El Rocío; realizando planes específicos para especies amenazadas como el águila imperial, el lince, que controla las poblaciones de herbívoros, o el enebro; y sosteniendo enclaves de actividades tradicionales como las dehesas boyales, y la de ganaderías de interés cultural como, los bueyes y los caballos.
– Es esencial el conocimiento de las reservas de recursos hídricos y de su régimen, así como de la incidencia real de los usos agrícolas del agua.
– La reducción de las extracciones de aguas subterráneas para regadío en el Plan Almonte-Marismas, eliminando en el Sector III el riego de arroz.
– La limitación a 8 Hm3/año de captaciones para consumo urbano al oeste del Guadalquivir, incluyendo Mazagón, Moguer y Palos de la Frontera.
– El establecimiento de sistemas y medidas para el ahorro y correcta gestión de los recursos, evitando pérdidas en las redes de distribución, reutilizando el agua una vez depurada, descartando los campos de golf y ajardinamientos extensivos en áreas turístico-residenciales.
379 Mediante el Decreto 2/1997, de 7 de enero, se modifica la denominación y límites del Parque Natural Entorno de Doñana, que pasa a denominarse Parque Natural de Doñana y se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión. Fue publicado en el BOJA núm. 19, de 13 de febrero de 1997.
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