Page 54 - Reformas estatutarias y declaraciones de derechos
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REFORMAS ESTATUTARlAS v asoma/amores DE pensamos

1. Preceptos estatutario; relacionados con el alcance y la
interpretación de los derechos en los Estatutos anteriores.

En los Estatutos anteriores y en los no reformados, orientados basicamente a la organización
institucional y la delimitacion competencial de las Comunidades Autónomas, no se planteaba
esta cuestión. Las cláusulas de salvaguardia del nivel estatal de proteccion han surgido, de
hecho, de dos factores concurrentes: por un lado, la previa existencia de este tipo de cláusulas
en el Derecho europeo y, por otro lado, la incorporación a los Estatutos de declaraciones de
derechos.

En los Estatutos anteriores y en los no reformados habia una remision general a los derechos

constitucionales‘ a través de distintas formulaciones: a los derechos, libertades y deberes

fundamentales de la ciudadaníaï, a los derechos y deberes fundamentales3 y otras similares‘.

Esa remision resultaba coherente con el perfil competencial e institucional de los Estatutos,

por lo que no hubiera tenido sentido la incorporacion de cláusulas de alcance e interpretación

destinadas a preservar el nivel estatal de protección y desarrollo de los derechos.

2. Preceptos estatutario; relacionados con el alcance y la
interpretación de los derechos en los nuevos Estatutos y en los
reformados.

Los nuevos Estatutos y los reformados, han preservado, extendiéndolas al ambito internacional

y europeo las cláusulas de remisión previstas anteriormente en relación con la Constitución.

J Con la excepcion de los Estatutos de Cantabria (articulo 5.1 ECant.) y de la Comunidad Valenciana (articulo 2

EV, Derogado), que remiten también a los reconocidos en el Estatuto. Tambien era extencion el Estatuto de Islas

Baleares nera. en este caso, por no contener ninguna lemlslón lll a los derechos reconocidos en la Constlluclón n.

a los reconocidos en el Estatuto.

2 Los derechos, libermdes y deberes fundamentales de los ciudadanos de Ia Comunidad Autonoma son los establecidos en

la Constitucion: articulos 6.1 EAr. (Derogado), 4 1 ECM, 6.1 EE y4 1 EG

3 Con la formula de que los derechos ydeberes fundamentales de los ciudadanos de la Comunidad Autonoma son los esta

blecidos en la Constitucion: artículos 9.1 EAst. 5 1 ECe. 7 1 ECM. 5.1 EMeI . 9.1 EM y 9 1 EPV. Igualmente con la formula

de que los ciudadanos dela Comunidad Auhonoina son titulares de los derechos y deberes fundamentales establecidos enla

Constitucion articulos 8.1 EC (Derogado), 5 1 ECan. y 7.1 ER.

4 “Los derechos, líbertadesy derechos fundamentales de los andaluces son los establecidos eri la Constitucion": artículo

l] EA (Derogado). “Los ciudadanos de Castilla y Leon tienen los derechos, libertades ydeberes establecidos eri la Cons

litucion" artículo 8 1 ECL (Derogado). “Los navarros tendran los mismos derechos, libertades y deberes lundamentales

a que los demas españoles": articulo 6 LORAFNA

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