Page 552 - Reformas estatutarias y declaraciones de derechos
P. 552

                REFORMAS ESTATUTARIAS Y DECLARACIONES DE DERECHOS
 1. Preceptos estatutarios relativos a los derechos, los principios y objetivos relacionados con el derecho constitucional al trabajo en los Estatutos anteriores.
la regulación de los derechos, principios u objetivos de contenido laboral en las primeras redacciones de los estatutos de Autonomía adolece de las carencias o debilidades propias de la inexistencia de una previsión estatutaria y detallada en esta materia. las normas sobre derechos, deberes y principios recogidas en todos los estatutos serán de carácter genérico limitándose a remitirse en términos casi idénticos, a los derechos y deberes fundamentales reconocidos y garantizados en la Constitución1 nos encontramos pues, con que los textos aprobados en la fase inicial de constitución del estado autonómico sólo excepcionalmente recogerían algunas referencias específicas en materia de derechos y libertades fundamentales, cuyo valor radicaba en estos casos, en la singular mención, aunque fuese genérica, de un de- recho fundamental o un principio específico.
en este supuesto encajarían las previsiones estatutarias relativas al derecho al trabajo que son recogidas en todos los estatutos de Autonomía aunque con regulaciones de distinto al- cance. en efecto, salvo en los casos destacables por la ausencia de referencia expresa a esta cuestión (Cantabria, Cataluña, baleares, navarra, madrid y Comunidad valenciana), la mayoría de los primeros textos coinciden en establecer un mandato dirigido a los poderes públicos de impulsar políticas tendentes a la mejora de las condiciones de vida y de trabajo o a fomentar el incremento del empleo y la estabilidad económica. estas regulaciones genéricas, redacta- das de forma casi idéntica, se contienen en las normas estatutarias incorporadas al estatuto
1 Así, el artículo 9.1 del ePv establece que: “los derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos del País vasco son los reconocidos en la Constitución”. el artículo 8 del eC (derogado) establecía que: “los ciudadanos de Cataluña son titulares de los derechos y deberes fundamentales establecidos en la Constitución”. el artículo 4.1 eG dispone: “los derechos, libertades y deberes fundamentales de los gallegos son los establecidos en la Constitución”. el artículo 11 del eA (derogado) disponía que: “los derechos, libertades y deberes fundamentales de los andaluces son los establecidos en la Constitución. la Comunidad Autónoma garantiza el respeto a las minorías que residan en ella”. Artículo 9.1 eAst.: “los derechos y deberes fundamentales de los asturianos son los establecidos en la Constitución”. Artículo 5.1 eCant.: “los ciudadanos y ciudadanas de Cantabria son titulares de los derechos y deberes reconocidos en la Constitución y en el presente estatuto”. Artículo 7.1 er: “los ciudadanos de la rioja son titulares de los derechos y deberes fundamenta- les establecidos en la Constitución. Artículo 9.1 emur.: “los derechos y deberes de los murcianos son los establecidos en la constitución para los españoles”. Artículo 6.1 eAr. (derogado) establecía que: “los derechos, libertades y deberes fundamentales de los aragoneses son los establecidos en la Constitución”. Artículo 4.1 eCm: “los derechos, libertades y deberes fundamentales de los ciudadanos de Castilla-la mancha son los establecidos en la Constitución”. Artículo 5.1 eCan.: “los ciudadanos de Canarias son titulares de los derechos y deberes fundamentales establecidos en la Consti- tución”. Artículo 6 en: “los navarros tendrán los mismos derechos, libertades y deberes fundamentales que los demás españoles”. Artículo 6.1 ee: “los derechos, libertades y deberes fundamentales de los extremeños son los establecidos en la Constitución”. el artículo 7 em dispone que: “los derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos de la Comu- nidad de madrid son los establecidos en la Constitución”. el artículo 8.1 eCl establece que: “los ciudadanos de Castilla y león tiene los derechos, libertades y deberes establecidos en la Constitución”. el artículo 2 ev (derogado) disponía que: “los derechos, deberes y libertades de los valencianos son los establecidos o reconocidos por la Constitución y el presente estatuto”.
 552
 




























































































   550   551   552   553   554