Page 553 - Reformas estatutarias y declaraciones de derechos
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                § 30. DERECHOS, PRINCIPIOS Y OBJETIVOS RELACIONADOS CON EL DERECHO CONSTITUCIONAL AL TRABAJO
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de Autonomía del País vasco , Asturias , la rioja , murcia , Aragón , Canarias . Pero son,
a nuestro juicio, más destacadas y acertadas, las normas contenidas en los estatutos de
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Autonomía de Andalucía , Castilla la mancha y extremadura , donde la consecución del
pleno empleo es definida como un objetivo básico de la actuación de los poderes públicos autonómicos.
la existencia de normas concretas relativas al ámbito laboral no se agota en las previsiones antes apuntadas. Junto a la opción legislativa por incluir referencias expresas a las políticas de mejora de las condiciones de trabajo y al establecimiento de medidas de fomento del empleo, los textos estatutarios contemplan otras referentes al derecho de los ciudadanos a vivir y traba- jar en su tierra y al establecimiento de medidas que faciliten el retorno de los emigrantes a su
2 el artículo 8.2 ePv establece que: “los poderes públicos en el ámbito de su competencia: b) Impulsarán particularmen- te una política tendente a la mejora de las condiciones de vida y trabajo. C) Adoptarán aquellas medidas que tiendan a fomentar el incremento del empleo y la estabilidad económica”.
3 Artículo 9.2.b) eAst. dispone que las instituciones de la Comunidad Autónoma: “Impulsarán una política tendente a la mejora de las condiciones de vida y trabajo” y en su apartado C) establece que velarán por: “Adoptar aquellas medidas que tiendan a fomentar el incremento del empleo y la estabilidad económica”.
4 Artículo 7 er establece que: “los poderes públicos de la Comunidad Autónoma impulsarán aquellas acciones que tiendan a mejorar las condiciones de vida y trabajo y a incrementar la ocupación y crecimiento económico”.
5 Artículo 9.2.c) emur. dispone que los órganos de la Comunidad Autónoma adoptarán: “las medidas que promuevan la inversión y fomento del progreso económico y social, facilitando el empleo, especialmente en el medio rural, y la mejora de las condiciones de trabajo”.
6 Artículo 6.2.b) eAr. (derogado) establecía el mandato a los poderes públicos de: “Impulsar una política tendente a la mejora y equiparación de las condiciones de vida y trabajo de los aragoneses, propugnando especialmente las medidas que eviten su éxodo, al tiempo que hagan posible el regreso de los que viven y trabajan fuera de Aragón”.
7 Artículo 5.2.c) eCan. recoge como principio rector de la política canaria: “la consecución del pleno empleo y del desarrollo equilibrado de las islas”.
8 Artículo 12.3.1o eA (derogado) incluía entre los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma: “la consecución del pleno empleo en todos los sectores de la producción y la especial garantía de puestos de trabajo para las jóvenes generaciones de andaluces”.
9 Artículo 4.b) eCm incluye entre los objetivos básicos que impulsan la actuación de los poderes públicos autonómicos: “la consecución del pleno empleo en todos los sectores de la producción y la especial garantía de los puestos de trabajo para las jóvenes generaciones”.
10 Artículo 6.2.d) ee incluye entre los objetivos básicos de la Comunidad: “Adoptar las medidas que promuevan la inversión y fomenten el progreso económico y social de extremadura propiciando el pleno empleo y la especial garan- tía de puestos de trabajo para jóvenes y mujeres de extremadura, y la corrección de desequilibrios territoriales en la Comunidad”.
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