Page 363 - Régimen Jurídico de las Infraestructuras Ferroviarias
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– Ahora bien, diferente sería que los bienes y derechos que forman parte de la zona de servicio hubiesen sido objeto de la expropiación forzosa, máxime atendiendo a que la aprobación del proyecto de delimitación llevará implícita la declaración de utilidad pública o interés social, una circunstancia que nos conduciría a predicar la demanialidad de esos bienes conforme a lo esta- blecido en la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas (artículo 66.2 letra c), y a las normas reguladoras de la institución de la expropiación forzosa.
– Con todo, llegaremos a la determinación de que aquellos terrenos y demás bienes que fuesen delimitados como zonas de servicio podrían tener la condi- ción de demaniales, aún en los casos en los que se hayan incluido las estacio- nes y las terminales de carga, unos bienes que igualmente se verían afectados por la expropiación. Una realidad que llevaría a aplicar a los establecimientos resultantes de actividades complementarias, industriales, comerciales y de servicios, las normas propias del dominio público; en aquellos supuestos, en los que fuesen terceros particulares los que pretendiesen explotar estos centros (establecimientos de hostelería o locales comerciales, entre otros) de- beríamos aplicar las normas propias de la concesión de dominio público y no, como ya está realizando por el ADIf, las relativas al arrendamiento, que en
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realidad serían las propias ante bienes patrimoniales
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– En cuanto a la titularidad de los bienes que integran la zona de servicio fe- rroviario no sería obstáculo el hecho de que algunos pudiesen pertenecer al ADIf, puesto que en líneas precedentes ya vimos que la Entidad pública podrá ser titular de bienes tanto patrimoniales como demaniales.
– Por ello, considero que la redacción ofrecida por el redactor nos conduce hacia la demanialidad de los bienes de la zona de servicio ferroviario, una circunstancia alejada de la práctica real. Otra cuestión bien distinta sería es- tudiar la conveniencia o no de la declaración abierta de la zona de servicio ferroviario como zona de dominio público ferroviario.
569 Como mero ejemplo, la Resolución de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructu- ras ferroviarias de fecha 26 de mayo de 2005, por la que se anuncia la licitación por el sistema de concurso y por el procedimiento abierto del contrato del arrendamiento de locales comerciales en determinadas estacio- nes, para desarrollar la actividad de venta de prensa y librerías (BOE de 21 de mayo de 2005).
CAPÍTULO VII
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