Page 133 - Transferencia de funciones y servicios de la administración del Estado a la Junta de Andalucía (1979-1997)
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 La gestión del Plan de Explotación Marisquera de Andalucía establecido por Decreto 2595/1974, de 9 de agosto, a cuyo efecto los órganos rectores del Plan dependeránde la Junta de Andalucía.
LaJunta de Andalucía, en tanto no se establezca Otra cosa por el Estatura de Autonomía,
remitirá anualmente al Gobierno los presupuestos de financiación del Plan de Explota­
ciónMarisqueraparasuaprobacióneinclusión,ensucasoenlosPresupuestosGenera­ les del Estado.
Se hará entrega a laJunta de Andalucía de los bienes e instalaciones afectadas a incorpo­ radasalagestióndelPlanMarisquerodeAndalucía,conasunciónplenaporpartedela Junta de Andalucía de las obligaciones laborales respecto al personal afecto al servicio del Plan, cuyas retribuciones se percibirán con cargo a los créditos de financiación del mis­ mo.
En activjdades recreativas;
Regular las actividades de carácter recreative reconociendo los permisos de pesca recreaeiva emitidos por la Administración del Estado y otros Entes Terriroriales.
Corresponden al Minisrenc de Agriculrura, Pesca y Alimentación las competencias y fun- ciones siguientes:
Laaprobacióndelasnormasgeneralesdecoordinacióndelasactuacionesquepuedan afectara ladebidaexploracióndelasespeciespiscícolasyarras recursos naturalesfuera de las aguas interiores.
Las relaciones internacionales en materia de pesca en aguas interiores, marisqueo y acuicultura. Los Entes territoriales podrán asistir y parricipnr, dentro de la Delegación Española, en aquellas reuniones técnicas de carácter inrernacional cuando sean requeri­ dos para ello.
EstablecerunaadecuadacoordinaciónconlosEneesPreautonómicosenmateriadepes­ ca, acuicultura y marisqueo, para proporcionar a la Armada la información necesaria que le permita realizar eficazmente sus misiones de vigilancia y ccnrrol.
Entre el Ministerio de Agricclrura, Pesca y Alimentación y los Entes preauton6micos sc desarrollarán, a través del órgano colegiado que sea reglamentariamente establecido por el Mi­ nisrer¡o de Agriculcura, Pesca y Alimentación y con participación de codos ellos, las siguientes funciones y comperencias:
Paralagestióndelasexaccionesparafiscalesyrecaudacióndelasmultas,aafcomo,su distribución, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente.
La coordinación en las marerias transferidas y la asignación de los créditos presupuesta­ rios ccrrespondienees.
Los Enees rerriroriales informarán sobre las actuaciones que realicen en el ejercicio de sus
compcrenciasenestasmateriasalMinister-iodeAgrtculeure,PescayAlimentación,quien pondrá a disposición de todos los Entes rerriroriales la información que posea.
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