Page 149 - Transferencia de funciones y servicios de la administración del Estado a la Junta de Andalucía (1979-1997)
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 Por su parte, el Estatuto de Autonomía de Andalucía establece, en su artículo 13. que la Comunidad Aur6noma tiene comperencia exclusiva sobre las siguientes materias:
9. Las obras públicas de interés para la Comunidad Autónoma de Andalucla cuya realiza­ ciónnoafecteaOtraComunidadAutónoma,ysiemprequenotengalacalificaciónlegal de interés general del Estado.
I2.Recursos y aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos, cuando las aguas transcu­ rran únicamente porAndalucía.Aguassubterráneascuandosu aprovechamientono afecte a otro remrono.
Asimismo,elarticulo15atribuyea[aComunidadAutónomadeAndalucía,enelmarcode
laregulacióngeneraldelEstado.eldesarrollolegislativeylaejecucióndelassiguientesmate­ rias:
2. Expropiación forzosa. Contratos y concesiones administrativas.
Finalmente. el artículo 18.1 dice que corresponde a la Comunidad Aurëncma de Andalu­ ela. de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general y en los térmi­
nosde[odispuestoenlosartículos38,131,149.1,IlY13delaConstitución,lacomperencia exclusiva sobre las siguientes materias:
1. FomentoyplanificaciéndelaactividadeconómicaenAndalucía.
4. Agricultura y ganadería, competencias relativas a la reforma y desarrollo del sector agra­ rio y a la mejora y ordenación de las explotaciones agrícolas. ganaderas y forestales.
7.DesarrolloyejecuciónenAndalucíade:
Programas genéricos para Andalucía estimuladores de Ja ampliaci6n de actividades produc­ rivas e implantación de nuevas Empresas.
Programasdeactuaciónreferidosacomarcasdeprimidasoencrisis.
Se traspasan por Real Decreto 1129/1984, de 4 de abnllas siguientes funciones y servicios ccrrespondientes a las materias de Reforma y Desarrollo Agrario a la Comunidad Autónoma de Andalucía:
Programar,deacuerdocon lasbasesdeplanificacióngeneralylaordenacióngeneralde la economía, la realización de todas las actuaciones en materia de reforma y desarrollo agrario de interés de la Comunidad Autónoma.
Acordar y realizar las actuaciones de reforma y desarrollo agrario de interés de la Comu­
nidadAutónoma,enparticularlasccrrespondienresalaszonasycomarcasprevistasen el libro terceto de la Leyde Reforma y Desarrollo Agrario.
Acordar y ejecutar las acciones que tienen por finalidad la adquisición y redistribución delapropiedadrústicayelcumplimientodesufunci6nsocial,denrrodelmarcodela legislación del Estado sobre expropiación forzosa de [a legislación básica que regule la libertaddeempresa,taigualdaddetodoslosespañolesenelejerciciodelosderechosy
cumplimiento de tos deberes constitucionales y las bases y la ordenación de la actuación económica general.
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