Page 197 - Transferencia de funciones y servicios de la administración del Estado a la Junta de Andalucía (1979-1997)
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 agrícolesyagro-industriales:secadodellúpuloconazufre;secadodeforrajesycereales; deshidratado de la alfalfa; almacenamiento de huesos, pelo, astas, crines de origen ani­ malyplumas;fumigaciónaérea:fundidodegrasasanimales,etc.
Facultades de vigilancia e inspección sobre las mismas instalaciones.
Adopción de las medidas necesarias requiriendo al titular de la instalación para que corrijalasdeficienciasobservadas,conexcepcióndelasindustriàsdelgrupoA.
Exigenciadeaparatosdecontrolcon registroincorporadco indicadorparavigilarcon­ tinua y periédicamenre la emisión de sustancias conraminanres. Dichos aparatos serán
de propiedad de las Empresas montándose en el fugar que la Administración designe, siendo manejados por la persona en quien la Administración delegue. La información obrenida se tramitará a la Red Nacional de Vigilancia. De este precepto quedan excep­ tuadas las empresas del grupo A.
Recepción de la informacion de la Red Nacional de Vigilancia y Previsión de la Conta­ minación Atmosférica.
Comprobación y corrección de anomalías o averías de instalaciones o sistemas de depu­ racióndelosefluentesgaseososquepuedanrepercurirenlecalidaddelairedelazona.
Recepción de las informaciones a que se refiere el artículo 78.
Potestad para recabar la asistencia de las Entidades Colaboradoras de carácter púbblico. Ejerciciodelapotestadsancionadoraenelámbitodelasanteriorescompetencias
Todas estas competencias se entienden referidas a las acciones medioambientales que no trasciendandelrerriroriodeAndalucíaysiempreconlaexcepcióndelasindustriascomprendi­ das en el grupo A del anexo II del Decreto 833/1975. No obstante, la Junta de Andalucía facilitará al Ministerio de Industria y Energia información de los datos administrativos que se consideren necesarios.
Desechos y residuos sólidos urhanos
Asl mismo, se transfieren por el anterior Real Decreto a laJunta de Andalucla las competen­ cias atribuidas a las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Industria y Energía en Andalu­ ela por la Ley 42/1975. de 19 de noviembre, sobre derechos y residuos sólidos urbanos. y las normas queladesarrollan.
Por Real Decreto 4164/1982, de 29 de diciembre, son ampliados los traspasos efectuados por Real Decreto 1091/1981, de 24 de abril, asumiendo las funciones y servicios del Ministerio deIndustriayEnergiaenmateriadecontroldelmedioambienteindustrial,dentrodelámbito territorial de Andalucía de acuerdo con lo establecido en el Estatuto de Autonomía. en lo que se refiereavertidosindustrialesenJasaguasrerrirorialescorrespcndientesalrerritorioandaluz.
OrdenacióndelLitoraly Verti®salMar
La Consrirución en su artículo 148.1.3 establece que las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en materia de ordenación del rerrirorio. Asimismo, el Estatuto de Auto-
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