Page 80 - Transferencia de funciones y servicios de la administración del Estado a la Junta de Andalucía (1979-1997)
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al Minisreric de Transpones, Turismo y Comunicaciones para la decisión de dicho Departa mento.
La Comunidad Autónoma estará represenrada en los grupos de trabajo que pueden consti ruirse para asistir en sus funciones a la Comisión de CréditoTurístico, reguladapor Orden de la Presidència del Gobierno de 25 de octubre de 1979.
Enelejerciciodelafuncióndeinformaciónturísticaensuámbitoterritorialfacilitarátam bién la información correspondienre a la aferra turística del resto de España, a cuyo efecto mantendrá la necesaria coordinación con Ja Adminisrracion del Estado, quien en caso de in cumplimiento de estas obligaciones por parte de la Comunidad Autónoma, podrá asegurar direceamenœ la información rurfsrica por las vías y medios que considère más adecuados.
Se transfieren a la Comunidad Autónoma de Andalucía las Oficinas de Información Turfs ricasituadasenGranada,Málaga,Sevilla,Algcciras,Huelva,Jaén,Málaga-aeropuerto,AlmerIa, Baeza, Ronda, Rosal de [a Frontera, Ubeda, Córdoba y Cadle.
La Comunidad Autónoma de Andalucía podrá realizar actividades de promoción del turis modesuámbitoterrirorialenelextranjerocoordinadamenteconJaAdminisrracióndelEstado ysujetándosealasnormasydirectricesquealefectoestablezcalaAdministracióndelEstado, recabando para ello la cooperación de las Oficinas y represenmcioncs de la AdmÎnistración del Estadoenelextranjero.Asimismo,rrarniraráanteelMinisteriodeTransportes,TurismoyCo municacioneslassolicitudesdeinscripciónenelRegistrodeEmpresasTurísticasExportadoras ylecomunicarálasincidenciasqueseproduzcanenlasEmpresasinscrirasenelmencionado Registro. El Minisrer¡o de Transporres, Turismo y Comunicaciones comunicará a la Comuni dad Autónoma la resolución sobre las solicitudes presentadas.
Enrre los órganos correspondientes a la Administración Central del Estado y la Comunidad Autónoma se establecerán los mecanismos oportunos de informacion estadística en materia de Turismo. sin perjuicio de las comperencias reservadas a la Adminisrracion del Estado. Asirnis ma,eninterésdelsectorturísticoensuconjuntoseestableceránloscaucesdeinformación necesariosparaladebidacooperaciónentreambasAdminisrraciones.
Se transfieren a la Comunidad Autónoma de Andalucía los bienes y derechos del Estado, adscritos al Minisrerio deTranspones,Turismo y Comunicaciones, en la finca denominada EL RecreodelasCadenas,deJerezdelaFrontera,enlaqueestánubicadosunPalacioyeledificio e instalaciones de la Escuela Andaluza de Arte Ecuestre-jerez fundación cultural dependientede la Diputación de Cadiz y a cuyo favor existe la correspondienre concesión.
Asimismo, se transfieren a [a Comunidad Autónorna de Andalucíalos bienes y derechos del Estado, adscritos al Minisrerio de Transporres, Turismo y Comunicaciones, en la Escuela de Hosrclerfa de Almería, ocupada por un centro de trabajo dependiente del Departamento de Trabajo y Seguridad Social.
De igual modo, se transfieren a la Comunidad Autónoma de Andalucía los bienes y dere chosdelEstadoenelBurgoTurísticodeLaLíneadelaConcepción,cuyaexploraciónhasido concedida al Insriruro Social del Tiempo Libre.
Las cornperencias transferidas anteriormente son asignadas a la Consejería de Comercio. Transportes yTurismo por Decreto 156/1984, de 22 de mayo.
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