Page 80 - Transferencia de funciones y servicios de la administración del Estado a la Junta de Andalucía (1979-1997)
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 al Minisreric de Transpones, Turismo y Comunicaciones para la decisión de dicho Departa­ mento.
La Comunidad Autónoma estará represenrada en los grupos de trabajo que pueden consti­ ruirse para asistir en sus funciones a la Comisión de CréditoTurístico, reguladapor Orden de la Presidència del Gobierno de 25 de octubre de 1979.
Enelejerciciodelafuncióndeinformaciónturísticaensuámbitoterritorialfacilitarátam­ bién la información correspondienre a la aferra turística del resto de España, a cuyo efecto mantendrá la necesaria coordinación con Ja Adminisrracion del Estado, quien en caso de in­ cumplimiento de estas obligaciones por parte de la Comunidad Autónoma, podrá asegurar direceamenœ la información rurfsrica por las vías y medios que considère más adecuados.
Se transfieren a la Comunidad Autónoma de Andalucía las Oficinas de Información Turfs­ ricasituadasenGranada,Málaga,Sevilla,Algcciras,Huelva,Jaén,Málaga-aeropuerto,AlmerIa, Baeza, Ronda, Rosal de [a Frontera, Ubeda, Córdoba y Cadle.
La Comunidad Autónoma de Andalucía podrá realizar actividades de promoción del turis­ modesuámbitoterrirorialenelextranjerocoordinadamenteconJaAdminisrracióndelEstado ysujetándosealasnormasydirectricesquealefectoestablezcalaAdministracióndelEstado, recabando para ello la cooperación de las Oficinas y represenmcioncs de la AdmÎnistración del Estadoenelextranjero.Asimismo,rrarniraráanteelMinisteriodeTransportes,TurismoyCo­ municacioneslassolicitudesdeinscripciónenelRegistrodeEmpresasTurísticasExportadoras ylecomunicarálasincidenciasqueseproduzcanenlasEmpresasinscrirasenelmencionado Registro. El Minisrer¡o de Transporres, Turismo y Comunicaciones comunicará a la Comuni­ dad Autónoma la resolución sobre las solicitudes presentadas.
Enrre los órganos correspondientes a la Administración Central del Estado y la Comunidad Autónoma se establecerán los mecanismos oportunos de informacion estadística en materia de Turismo. sin perjuicio de las comperencias reservadas a la Adminisrracion del Estado. Asirnis­ ma,eninterésdelsectorturísticoensuconjuntoseestableceránloscaucesdeinformación necesariosparaladebidacooperaciónentreambasAdminisrraciones.
Se transfieren a la Comunidad Autónoma de Andalucía los bienes y derechos del Estado, adscritos al Minisrerio deTranspones,Turismo y Comunicaciones, en la finca denominada EL RecreodelasCadenas,deJerezdelaFrontera,enlaqueestánubicadosunPalacioyeledificio e instalaciones de la Escuela Andaluza de Arte Ecuestre-jerez fundación cultural dependientede la Diputación de Cadiz y a cuyo favor existe la correspondienre concesión.
Asimismo, se transfieren a [a Comunidad Autónorna de Andalucíalos bienes y derechos del Estado, adscritos al Minisrerio de Transporres, Turismo y Comunicaciones, en la Escuela de Hosrclerfa de Almería, ocupada por un centro de trabajo dependiente del Departamento de Trabajo y Seguridad Social.
De igual modo, se transfieren a la Comunidad Autónoma de Andalucía los bienes y dere­ chosdelEstadoenelBurgoTurísticodeLaLíneadelaConcepción,cuyaexploraciónhasido concedida al Insriruro Social del Tiempo Libre.
Las cornperencias transferidas anteriormente son asignadas a la Consejería de Comercio. Transportes yTurismo por Decreto 156/1984, de 22 de mayo.
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