Page 325 - Tres modelos comparados de función pública y sus procesos de selección
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I. I NORMATIVA APLICABLE A LOS PROCESOS SELECTIVOS'"
Hemos analizado en otro capitulo de este trabajo referido la regulación constitucio
nal del derecho de la función pública española, el contenido de! articulo 23.2. CE
que, recordemos, establece el derecho de los ciudadanos a "acceder en condiciones
deigualdadalasfuncionesycargospúblicosconlosrequisitesqueseñalenlasleyes"
y del artículo 103.3 CE que establece la máxima de que "la ley regulará el ( ) acce-
so a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad ". La
preocupación del constituyente por esta materia pone de manifiesto [a importància
que la regulación del sistema selectivo représenta para la eficaz prestación de los ser
vicios públicos y efectiva consecución de los intereses generales; es obligado velar por
la profesionalidad de los empleados públicos, principal activo de nuestra Administración pública.
Endefinitiva,hemospodidoobservarcomoelprincipiogeneraldeigualdadformal del articulo 14 CE, se concreta en el específico ámbito del acceso a las funciones públicas no represenrarivas por obra del art. 23.2. CE y como, además,la ubicación
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."",nado:
SÁNCHEZ
MORÓN. M.,
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Nb/k., T«nO$, Madrid.
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