Page 46 - Tres modelos comparados de función pública y sus procesos de selección
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se hace necesario un esfuerzo por aclarar y ordenar codos los textos vigentes que disciplinan las relaciones de empleo en la Administración pública. ful loentendióellegisladorqueelaboraunaleydedelegaciónparaencomendaralpoder ejecutivo la lahar de confeccionar un texto único sobre el empleo público.
Es[aLeydedelegaci6nnO 50.de8demarzo de1999,quepretendeconseguirestos objetivosen el plazode menos de un año (3I de diciembre de 1999 como fecha tope
de aprobación del texto único). La realidad condujo a la prórroga de este plazo y la efectivaaprobacióndelvigenteDecretolegislarivonv165,de30demarzode2001.
El texto único no sería una Iuenre de producción de normas, sino de cognición del derecho. La única función que tiene el texto es la de facilitar el conocimiento del derecho. Aunque, también es cierto que no se trata de una simple reordenación de normas, sino que además se habilita al gobierno para efectuar modificaciones en la medidanecesariaparamejorarlacoordinaciónentreJasdiferentesdisposicionesexis­ tentes sobre el empleo públicou.
FRANCO CARTNCr y LORENZO ZOPPOLI, coordinadores del 'Grupe de Trabajo'e que instituyó el Minisrerio para la Función Pública para el desarrollo de la actividad de estudio e invesrigacién de las Fuentes que disciplinan [a relación de tra­ bajoconlaAdministraciónpúblicaydeelaborarunesquemadeTextoÚnico, entienden que ese texto tiene una doble función: por un lado destrucriva (declara nulaslasnormasquenohansobrevividoalaprivatizacién]yporelotropositiva,en cuanto que reordena y declara que normas son-aplicables del código civil y de las normas deltrabajosubordinadoen laempresa!",
A:lgunos autores como CLARICH e IARIA. creen que no hay un condominio de
derechopúblicoyprivadopararegularelempleoenlaAdministración,sinoquela relación de trabajo se rige por el derecho privado, aunque en ocasiones hayan de
exceptuarse algunos resquicios para el derecho públicou.
IS Un esquema comnli"" y comentado dclle.;lo único, ardculo por artlcuJo. COn la normativa preœdenle n NAR. DELLI,A.:UD.lgsn. 16S/2oo1Lanormal;vap"""';g...u oonfron",·Azinulj",,/u..Gnti,.u_i"iJ,.,tit/",. .",,/1 Mt/i OIO 1«4/i, Supkmcmo dd n 7, julio 2001, f'4s. 301 a 317.
.
de
vigencias.
16 En cl de ".b.jo creado cn encro de 1998, le encontraba como coordinador, junio. Franco Carinà,
grup<> originario.
Massimo O·Antona, pOlleriorm.nledesap.rccido vlclim. d. un .."n<ado terrorillt.
17CARINCI,F.yZOPPOll,L,"ProgctandoilTeslOUn;co,uipubbJ;coimpiego".II"'_nJk¡nJJbIiJN.".",¡".
hV:cini,
nO 1. 2000. 12. pg.
11 CI.ARICH, M. ciARIA, D., "u di.ôplina del ¡.voro lieU. ammin;>traUonl pubblich.: 15peni pubblicislici" QwMmi .
JdJ. Spis.: -arpsnû.r..uÑIN, pllbWiœ imp  ti"rú4iz.iilN êp" le rifo""" nO 8, 2000, J>4s. 27 a 53.
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