Page 115 - VI Convenio Colectivo
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sabiéndolos desmontar y montar para la reparación de las averías más frecuentes, susceptibles de realizar en el lugar de trabajo.
Estos trabajadores, relacionados directamente con la producción agraria, deberán conocer las diferentes técnicas de cultivo y laboreo susceptibles de ser realizadas con tractores y sus aperos u otras máquinas agrícolas. Durante las temporadas que no ten- gan que realizar labores de campo podrán ser destinados a la conducción de otros vehí- culos automóviles o camiones para lo que estarán provistos de los correspondientes per- misos de conducción, así como realizarán tareas de mecánica en el .taller cuando sea necesario.
Realizarán también cualquier otro trabajo de similar o análoga naturaleza que se les pueda encomendar en relación con a actividad objeto de su función.
OPERADOR DE ORDENADOR
Son los trabajadores encargados del manejo de los distintos dispositivos del ordena- dor; interpretan y desarrollan las órdenes recibidas para su explotación correcta, con- trolan la salida de los trabajo y transmiten al encargado del equipo las anomalías físicas y lógicas observadas en su trabajo; desarrollan y redactan programas sencillos en el len- guaje apropiado, realizan las pruebas necesarias con los juegos de ensayos que les hayan sido definidos, ponen a punto los programas hasta conseguir el normal funcionamiento de los mismos, siempre bajo la supervisión de sus superiores o titulados.
Realizarán también cualquier otro trabajo de similar o análoga naturaleza que se les pueda encomendar en relación con la actividad objeto de su función.
OPERADOR DE PROTECCIÓN CIVIL Y COMUNICACIONES
Es el trabajador que estando en posesión de alguna de las titulaciones siguientes: BUP, Bachiller Superior o equivalente, o Formación Profesional de Segundo Grado o formación laboral equivalente a las anteriores, o bien posee una categoría profesional reconocida en Ordenanza Laboral o Convenio Colectivo análoga a la que se describe, o cuenta con la debida experiencia laboral en protección civil o comunicaciones. De tal manera que la formación y/o experiencia anterior lo capacite para realizar con plena res- ponsabilidad y autonomía las funciones de participación en los sistemas de comunica- ciones, de gestión de emergencias de protección civil, desde la atención de centros ope- rativos, mantenimiento técnico de equipamiento y colaboración en el desarrollo de pla- nes de emergencia y procedimientos, que se indican para esta categoría.
Desarrollará parcial o íntegramente las funciones que se describen a continuación, de acuerdo con los procesos de actividad:
- Responsabilizarse del grupo humano y del material que se le haya asignado.
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