Page 116 - VI Convenio Colectivo
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- Atención permanente de las comunicaciones relacionadas con urgencias y emergencias.
- Gestión de planes y procedimientos de emergencias.
- Seguimiento informativo y elaboración de informes relacionados con el ámbito
de protección civil y comunicaciones.
- Colaborar en la planificación de emergencias.
- Crear y mantener bases de datos sobre protección civil siempre que se cuente con la preparación específica para ello.
- Atender tareas de administración derivadas del desarrollo de las funciones pro- pias de la categoría.
- Participar en instalaciones técnicas y supervisión de equipamiento o infraestruc- turas relacionadas con la protección civil.
- Desarrollar aquellas funciones, tareas o actividades no especificadas anterior- mente, y que sean necesarias para el normal cumplimiento de la función básica y de las funciones particulares expresadas. Tales funciones, tareas o actividades implíci- tas deberán estar de acuerdo con: El grupo de clasificación, experiencia laboral, for- mación y características del puesto integrado en esta categoría.
PERITO JUDICIAL NO DIPLOMADO
Es el trabajador/a que estando en posesión de algunas de las titulaciones siguientes: Título de BUP, Bachiller Superior, Formación de 2o Grado o formación laboral equiva- lente a las anteriores, o bien, posee una categoría profesional reconocida en Ordenanza Laboral o Convenio Colectivo análoga a la que se describe, o cuenta con la debida expe- riencia para realizar las peritaciones técnicas, de tal manera que la formación y/o expe- riencia anterior lo capacite para realizar con plena responsabilidad y autonomía perita- ciones técnicas sobre al menos una de las siguientes materias: vehículos, joyas"arte, muebles, inmuebles, caligrafía, contabilidad, medios gráficos y audiovisuales o las que puedan crearse en el futuro.
El ejercicio de la función básica y de las subsiguientes se desempeñará con sujeción a las relaciones de dependencia ascendentes y/o descendentes que se deriven, en su caso, de la estructura de la R.P.T., de la propia organización del centro al que esté ads- crito el puesto, o de Jos procesos de actividad o sistema de trabajo que se desarrollen en el mismo.
Desarrollará, parcial o íntegramente, las funciones que se describen a continuación, de acuerdo con el proceso de actividad y los niveles de ejecución que garanticen la pres- tación del servicio público:
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