Page 30 - VI Convenio Colectivo
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 halle inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo, siguien- do el régimen previsto en dicha normativa.
5. Copia básica.
La Administración entregará a los representantes legales del personal una copia
básica de todos los contratos.
6. Estabilidad en el empleo.
Para conseguir una adecuada planificación de los recursos humanos en el ámbito laboral y la reducción de la temporalidad, la Comisión del Convenio formulará pro- puestas que puedan materializarse en acuerdos concretos para la conversión de empleo temporal en estable, para lo que tendrá presente la necesidad de desaparición progresi- va de situaciones disfuncionales de contratación de personal. Las medidas que se acuer- den en la Comisión del Convenio procurarán ser aplicadas a través de Planes de Empleo o instrumentos similares.
Artículo 19. Periodo de prueba.
Se establece un período de prueba con una duración de dos meses para los grupos 1 y 11, y de un mes para los grupos 111, IV y V.
No se exigirá el período de prueba antes referido, cuando el trabajador o trabajado- ra haya desempeñado la mismas funciones en el ámbito de este Convenio Colectivo cualquiera que sea la modalidad de contratación laboral u ocupación, por un período equivalente, al menos al del período de prueba, o se haya superado una prueba de apti- tud o curso de habilitación para la categoría a la que se opta.
Artículo 20. Provisión de puestos.
1. Los puestos de trabajo adscritos al personal laboral que se encuentren vacantes y presupuestariamente dotados se proveerán por el procedimiento de concurso de tras- lados, por el cual el personal fijo o fijo discontinuo opta a la cobertura de los puestos que con tal carácter correspondan a la categoría profesional que se ostenta, siempre que se reúnan los requisitos establecidos en la Relación de Puestos de Trabajo y se tenga al menos un año de antigüedad con dicha condición en la categoría profesional desde la que se concursa.
2. La Consejería competente en materia de Función Pública efectuará la convoca- toria, tramitación y resolución del concurso de traslados relativo a los puestos vacantes y presupuestariamente dotados que existan en las diferentes Relaciones de Puestos de Trabajo. Asimismo, afectará a las resultas del propio concurso, salvo acuerdo en contra de la Comisión del Convenio. A estos efectos, se entiende por resultas los puestos que deje vacantes el personal como consecuencia de la adjudicación de un nuevo puesto en























































































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