Áreas de Oportunidad y Ordenación del Territorio en Andalucía

ÁREAS DE OPORTUNIDAD Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO EN ANDALUCÍA 220 A modo de ejemplo, entre las Actuaciones de Interés Autonómico, declaradas en Andalucía, se encuentran: Área Logística de Antequera; Área Logística de Níjar; Área Logística de Majarabique; Área Logística de Granada; Proyecto CEUS (Centro de Ensayos para Sistemas No Tripulados); Parque de Innovación Empresarial del Mármol en Purchena y Urrácal; Centro Tecnológico de Energías Renovables de Andalucía. Con carácter general, en la ejecución de un AAO por la vía autonómica y únicamente en los supuestos en que así se posibilite por concurrir en la actuación el preceptivo interés autonómico, los trámites a realizar, en líneas generales serán en primer lugar, la Declaración de Interés Autonómico y, en segundo lugar, como instrumento de planificación, el Proyecto de Actuación. 1.2.1. Declaración de Interés Autonómico Dos aspectos fundamentales regula la LOTA en su artículo 38 respecto a la Declaración de Interés Autonómico, su procedimiento de tramitación y los efectos de su aprobación, a los que dedica los apartados 2 y 3 del referido precepto. En relación con la tramitación de la Declaración de Interés Autonómico, compete al Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejería competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo, previa iniciativa de la consejería compe- tente por razón de la actuación. Requiere previa audiencia del ayuntamiento o ayuntamientos de los municipios en cuyo término municipal se ubique el AAO, así como de otras Administraciones públicas en los supuestos en que las mismas pudiesen resultar afectadas por dicha actuación. La declaración se producirá una vez redactado el estudio informativo, anteproyecto u otro documento de análogo alcance, a los que se acompañará, justificación del cumplimiento de los criterios que acrediten el interés autonómico de la actuación, esto es, su especial relevancia derivada de su magnitud, proyección económica y social o su importancia para la estructuración territorial de Andalucía. En el acuerdo de Declaración de Interés Autonómico, el Consejo de Gobierno podrá adoptar cuantas medidas se precisen para la construcción y explotación de las obras de titularidad pública por la Administración de la Junta de Andalucía o, en su caso, mediante la intervención de sus empresas públicas. No obstante, estas cuestiones no se aplicarán en aquellos supuestos en los que la legislación sectorial de aplicación contenga normas específicas sobre la Declaración de Interés Autonómico de determinadas obras de titularidad pública, así como en aquellos casos en los que la declaración esté prevista con tal carácter en los planes territoriales o en los planes con incidencia territorial.

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