Áreas de Oportunidad y Ordenación del Territorio en Andalucía

ÁREAS DE OPORTUNIDAD Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO EN ANDALUCÍA 30 en los primeros POTS aprobados y continúa haciéndolo en el resto de documentos. Por tanto, más bien se podría decir que se trata del instrumento mediante el que se materializa dicho objetivo de la ordenación del territorio. Si bien es cierto que a lo largo de estos años se han utilizado distintas denomi- naciones (“áreas estratégicas”, “zonas de reserva de uso”, etc…), todas ellas tenían una finalidad común, esto es: dotar al territorio de elementos estructurantes y vertebradores capaces de preservar suelo y destinarlo a usos supramunicipales que ayuden al ámbito del plan a un desarrollo económico adecuado y la potenciación del mismo, así como a la localización concreta de elementos de tal magnitud y capacidad que no resulte necesaria su implantación en cada uno de los municipios integrantes del ámbito que planifica, sino que, a través de una adecuada localización en una o dos zonas, en función de las necesidades y amplitud territorial del mismo, sean capaces de dar cabida y suponer un impulso a las actividades productivas, fundamentalmente, de dicha área así como su interconexión con el exterior. No menos cierto es el hecho de que a partir de aquella idea originaria, el concepto ha evolucionado conforme a la experiencia y necesidades temporales y que desde aquellos objetivos bien definidos en lo referente a la vertebración e integración del territorio pero a su vez que bien podríamos calificar de poco determinados en cuanto a su implantación territorial, en los últimos planes aprobados nos encontramos con áreas perfectamente delimitadas en cuanto a superficie, localización, actividad a implantar e incluso con una “denominación” de partida. Dicha evolución y sus repercusiones resultan relevantes en cuanto a su estudio con la finalidad de analizar la situación en que actualmente en encuentran, cómo han evolucionado en los últimos planes aprobados y en los que aún se encuentran en fase de redacción o tramitación, así como su implantación real, tanto a nivel de los planes generales de ordenación urbana como a nivel de ejecución, mediante las formas alternativas previstas tanto en la propia LOTA como en las normativas de dichos POTS, dado que se trata de uno de los temas que, sin lugar a dudas, mayores polémicas ha originado cada vez que se ha sometido a información pública un nuevo documento. Polémicas procedentes fundamentalmente de los municipios, tanto aquellos en los que estas áreas se han localizado como otros en los que no se han previsto. Igualmente el tema ha originado una importante controversia entre diversos sectores sociales vinculados a la economía, por la importancia que, como ya se ha hecho referencia, dichas áreas pueden tener desde el punto de vista del desarrollo económico de la zona en la que se implanta y que, en esencia, es el objetivo último de las mismas. Por todas estas razones, sería preciso intentar clarificar el concepto de las AAO actual, partiendo necesariamente para ello de un análisis pormenorizado del contenido que los diversos POTS prevén respecto a las mismas, e intentar aunar

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