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COMUNICACIONES A LAMESA REDONDA PRIMERA
ELÓRGANO DEADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD
ANÓNIMA PÚBLICATRAS LA PROMULGACIÓN DE LEY
40/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DE RÉGIMEN JURÍDICO
DEL SECTOR PÚBLICO
Prof. Dr. Manuel Pino Abad
Prof. Dr. José Manuel Serrano Cañas
Universidad de Córdoba
SUMARIO: I. I
ntroducción
. II. E
l
consejo
de
administración
de
las
SAP: 1. Nombra-
miento y cese de los miembros del Consejo de administración; 2. La retribución de los
miembros del Consejo de administración de las SAP; 3. Facultades y régimen de fun-
cionamiento del Consejo de administración; 4. Responsabilidad de los administradores
sociales.
I. INTRODUCCIÓN
La actuación del Estado en la economía bajo las formas de personificación carac-
terísticas del Derecho privado y más concretamente bajo la de sociedad mercantil,
pese a tratarse de un fenómeno constante puede considerarse, sin embargo, como un
fenómeno relativamente reciente.
La utilización por la Administración Pública de técnicas societarias se estima como
una de las principales aportaciones que el pasado siglo XX hizo al Ordenamiento
jurídico administrativo. En un principio, la Administración comenzó a emplear este
procedimiento de modo accidental: incorporándose al capital de alguna sociedad
privada al objeto de apoyar la financiación de algún servicio u obra pública que se
le hubiese encomendado a dicha sociedad, o a fin de participar de los beneficios
extraordinarios derivados de la asignación a una sociedad concesionaria de una si-
tuación de privilegio, o bien para evitar la quiebra de sociedades privadas titulares