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MESA REDONDA SEGUNDA
BUEN GOBIERNO, TRANSPARENCIAY PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
TRANSPARENCIA PÚBLICA: CUATRO HIPÓTESIS
SOBRE LA NUEVA NORMATIVA ESTATALY
AUTONÓMICAY SOBRE SU APLICACIÓN
Emilio Guichot Reina
Catedrático acreditado de Derecho Administrativo
Universidad de Sevilla
SUMARIO: I. P
rimera hipótesis
:
una
ley de
transparencia
es un
instrumento útil
para
la
prevención de
la corrupción y
la mejora del gobierno
,
pero no basta
sin mecanismos
efectivos
de
aplicación
,
voluntad
de
ponerlos
en
funcionamiento
y
una
ciudadanía
activa
que
ejerza
y
batalle
por
su
derecho
a
saber
. II. S
egunda
hipótesis
:
la
transpa
-
rencia
ha
sido
una
prioridad
fijada
de
abajo
arriba
al
calor
de
casos
de
corrupción
que
han
producido
una
desconfianza
radical
en
la
política
y
en
las
instituciones
. III.
T
ercera hipótesis
:
la
ley
española y
la mayor
parte de
las
leyes autonómicas
se
sitúan
en
un
rango
razonable
de
exigencia
,
pero
deja
un
amplio margen
de
desarrollo
nor
-
mativo
y
de
interpretación
aplicativa
de
cuyo
uso
dependerá
el
nivel
real
de
transpa
-
rencia
. 1. Límites. 2. Publicidad activa. 3. Publicidad pasiva. 4. Sanciones. IV. C
uarta
hipótesis
:
sin
autoridades
de
control
independientes
de
derecho
y
de
hecho
no
habrá
auténtica
transparencia
.
En las páginas que siguen llevaré a cabo una aproximación global a la nueva regu-
lación estatal y autonómica de la transparencia, a cuál es su sentido, su origen, su
contenido y sus garantías. Pondré particular insistencia en la puesta de relieve de la
necesidad de analizar no sólo su profundidad o calidad sino también el papel decisi-
vo que, a la vista del carácter abstracto de muchos de sus conceptos claves, corres-
ponde al intérprete y aplicador, y en especial, a las autoridades de control. Sólo esa
visión conjunta de contexto, texto y aplicación nos ofrece la medida del nivel real
de transparencia pública en el que nos situamos. Desarrollo esta exposición a partir
de cuatro hipótesis.