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PONENCIA PRIMERA
LA INCORPORACIÓN AL ORDENAMIENTO JURÍDICO
ESPAÑOL DE PRINCIPIOS Y REGLAS DE BUEN
GOBIERNO CORPORATIVO
Guillermo Jiménez Sánchez
Catedrático emérito de Derecho Mercantil
Vicepresidente emérito del Tribunal Constitucional
SUMARIO: I. L
a
recepción
por
las
disposiciones
aplicables
a
las
administraciones
públicas
y
a
sus
entidades
instrumentales
de
principios
y
reglas
de
buen
gobierno
corporativo
apuntados
en
el
campo
del
derecho
de
sociedades
. II. B
reve
síntesis
de
la
evolución
del
régimen
de
las
sociedades
anónimas
en
E
spaña
ilustrativa
del
tema
abordado
. III. R
eferencia
esquemática
a
algunas
líneas
esenciales
de
la
mejora
del
gobierno corporativo de
las
sociedades anónimas
establecidas
por
las
leyes
10/2014
y
31/2014. IV. M
anifestaciones de la
preocupación legislativa
por la
implantación de las
reglas de buen gobierno corporativo más allá del campo
estricto de
las
sociedades de
capital
. V. Y
continúa
el
proceso de
introducción
en
E
spaña de
principios o
pautas
para
el
buen gobierno de
las
sociedades
.
I. LA RECEPCIÓN POR LAS DISPOSICIONES APLICABLES
A LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS YA SUS ENTIDADES
INSTRUMENTALES DE PRINCIPIOS Y REGLAS DE BUEN
GOBIERNO CORPORATIVO APUNTADOS EN EL CAMPO
DEL DERECHO DE SOCIEDADES
Para quien, como es mi caso, la Historia de las instituciones y de las normas jurídicas
ofrece una inapreciable perspectiva con la cual se enriquece el estudio de las respues-
tas que en nuestro tiempo ofrece el Ordenamiento a los problemas que ha de afrontar,
para quien los principios y los preceptos del Ordenamiento cobran su verdadero sen-
tido, según advierte el artículo 3.1 del Código civil, a la luz que ofrece el proceso his-
tórico que conduce a su afirmación, el estudio de la introducción en las disposiciones