Página 316 - Buen Gobierno y Gobierno Corporativo_Actas

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LUIS GARCÍA DEL RÍO
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ello, sin perjuicio de las implicaciones legales correspondientes, fue que el Parla-
mento Británico encomendó a una Comisión presidida por Lord Woolf el análisis de
lo sucedido y el establecimiento de una serie de reglas que permitieran identificar
indicios de contratación irregular en el seno de las transacciones internacionales. A
partir de ese momento el informe Woolf, con un sentido claro y muy práctico, consti-
tuye una regla básica bajo la que enjuiciar determinadas modalidades de contratos y
analizar si en ellos concurren indicios de encubrimiento de transacciones potencial-
mente ilícitas, especialmente en el ámbito de los contratos de representación, agen-
cia y mediación en las actividades de desarrollo de negocios, incluyendo procesos de
licitación a nivel nacional e internacional.
A partir de la emisión del informe, la empresa afectada BAE Systems tuvo que pro-
ceder a su aplicación y a explicar, con toda trasparencia –de hecho los documentos
están en internet–, qué medidas había implementado para aplicar las conclusiones de
dicho informe a su propia organización y a sus propias pautas de comportamiento
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.
Creo que la comparación entre el proceso que acabo de describir y nuestro espectá-
culo patrio, nos exime de cualquier consideración adicional.
Lo verdaderamente importante del Woolf Report y de esta forma de proceder, es que
el mismo, se ha constituido en una herramienta básica para los operadores privados
a la hora de analizar indicios de legalidad o ilegalidad de determinadas modalidades
de contratos. En el informe se establece un régimen de alertas que, en el caso de con-
currir exigen a la Compañía la realización de una
due diligence
detallada respecto
de la persona del eventual contratista y que, en otros supuestos, caso de presentarse,
desaconsejan expresamente que se lleve a cabo la contratación.
Ni que decir tiene que la aplicación de reglas éticas en el sector privado, favorece
un mejor comportamiento de los sujetos públicos y, sobre todo, tiende a mejorar el
clima de trasparencia y la percepción acerca de comportamientos éticos en el curso
de los negocios. Estas reglas establecen estándares y las compañías que no los cum-
plen saben que están asumiendo un riesgo de ilicitud que va a repercutir gravemente
en los intereses de sus accionistas y en la responsabilidad patrimonial y personal de
sus administradores.
Mención aparte merecen en este punto dos disposiciones la FCPA de los Estados
Unidos y la Anti-Bribery Act del Reino Unido. En primer lugar, tenemos que pre-
guntarnos el por qué acerca de la importancia y el impacto que han tenido estas dis-
posiciones. En nuestra opinión, básicamente por el hecho de que, por razón, bien de
ser dichos países centro de importantes mercados de valores, bien de centros finan-
cieros relevantes, especialmente en el caso de Londres, tales disposiciones afectan a
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 http://www.annualreport08.baesystems.com/responsibility/corporate-responsibility-review/woolf-commit-
tee.aspx