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COMUNICACIONES A LA PONENCIA SEGUNDA
REFLEXIONES SOBRE LA CONSECUCIÓN DE UN BUEN
GOBIERNO DESDE LA PERSPECTIVA DE LAMEJORA
EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA
Patricia Iglesias Rey
Letrada de la Xunta de Galicia
Jefa de Gabinete de Estudios y Derecho Comunitario en la Asesoría Xurídica Xeral de
La Xunta de Galicia
A pesar de ser jurista, empezaré esta comunicación haciendo incidencia en un dato
macroeconómico que es llamativo: el montante económico de la contratación públi-
ca en España puede llegar a significar un 17% del PIB de nuestro país.
Por lo tanto el tema de la contratación pública es de extraordinario interés, y se pre-
senta como preocupante, como así lo reflejan las fuentes sobre esta materia y cito:
informe de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 3 de febrero de
2014, sobre la lucha contra la corrupción en la UE (en el que España se encuentra en
una muy mala posición respecto a los demás Estados Miembros); Decálogo de José
María Gimeno Feliu publicado en el Observatorio de Contratación Publica el 12 de
noviembre de 2014; Reglas para prevenir la corrupción en los Contratos Públicos ela-
borado Transparencia Internacional España dirigida a los partidos políticos; informe
de la oficina antifraude de Cataluña, documentos de trabajo del Observatorio para la
contratación pública y más reciente el informe de octubre de este mismo año de la Co-
misión Nacional de Mercados y de la Competencia, y otros estudios de gran interés.
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 1 http://www.transparency.org/regional_pages/americas/contrataciones_publicas. Apartado 27 de la Reso-
lución del Parlamento Europeo, de 6 de mayo de 2010, sobre la protección de los intereses financieros de las
Comunidades y la lucha contra el fraude, P7_TA (2010) 0155 (DOUE C 81E, de 15 de marzo de 2011). La
Resolución del Parlamento Europeo, de 25 de octubre de 2011 [P7_TA (2011) 0454], sobre la modernización
de la contratación pública, señala en su apartado 44 que “la lucha contra la corrupción y el favoritismo es uno
de los objetivos de las Directivas”. Al mismo tenor responde el Dictamen del Comité Económico y Social
Europeo (CESE), sobre el Libro Verde de la Comisión al que “uno de los objetivos de las directivas consiste
en combatir el favoritismo, del fraude y la corrupción”, apartados 1.14 y 6.1 (DOUE C 318, de 29 de octubre
de 2011) y el Documento de trabajo de los servicios de la Comisión sobre las Propuestas de Directivas, SEC
(2011) 1585 final, de 20 de diciembre de 2011, pág. 30.