ESTUDIO SOBRE EL DERECHO DEL TURISMO DE ANDALUCÍA
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4. LAS OFICINAS DE TURISMO Y LOS PUNTOS DE INFORMACIÓN TURÍSTICA
4.1. Las oficinas de turismo
4.2. Los puntos de información turística
4.3. Deberes de las oficinas de turismo y de los puntos de información turística
5. LA RED DE OFICINAS DE TURISMO DE ANDALUCÍA
5.1. Concepto, integración y funcionamiento
5.2. Deberes y derechos de las oficinas de turismo integradas en la Red
BIBLIOGRAFÍA
1. LOS SERVICIOS TURÍSTICOS
Según el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, el sector servicios
abarca las actividades relacionadas con servicios materiales no productivos de bienes,
que se prestan a los ciudadanos, como la Administración, la enseñanza o el turismo. En
la actualidad, la sistematización del sector terciario está condicionada por la importancia
que tiene la rama del turismo, ya que los servicios turísticos conforman la actividad que
mayores repercusiones genera en Andalucía, en términos de renta y empleo.
Los servicios turísticos, configuradores de la actividad turística, se definen en la L 13/2011,
de 23 de diciembre, de Turismo de Andalucía (en lo sucesivo, LTA) como aquella
“actividad
que tiene por objeto atender alguna necesidad, actual o futura, de las personas usuarias
turísticas o de aquellas otras personas que lo demanden, relacionada con su situación de
desplazamiento de su residencia habitual”
y que, asimismo,
“haya sido declarada por esta
Ley o por sus reglamentos de desarrollo”
, lo que viene a sustituir la extinta exigencia
“por
motivos distintos a los de carácter laboral”
contenida en la Ley anterior. Este concepto que
ofrece la LTA y su homóloga anterior es bastante amplio teniendo en cuenta que abarca
cualquier prestación que requiera el turista siempre que haya sido reconocida por la nor-
mativa aplicable a la actividad
1
.
Tradicionalmente diversas actividades han sido consideradas servicios turísticos. El aloja-
miento, la intermediación, la restauración y la información turística constituyen servicios
turísticos por excelencia, a los que hay que sumar otros tantos que destacan por su in-
cremento en los últimos años, como son las actividades de turismo activo o las dirigidas
1
Vid.
M. MORA RUIZ, “La ordenación de la oferta de los servicios turísticos”, en S. FERNÁNDEZ RAMOS,
(Dir.),
Manual de Derecho Administrativo del Sector Turístico
, Tecnos, Madrid, 2013, p. 68. En su opinión, el
concepto que ofrece la legislación andaluza es un concepto en permanente evolución en función del devenir de
la demanda turística.