Código de los Derechos de las Víctimas

285 § 19. DIRECTIVA 2011/93/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO DE 13 DE DICIEMBRE DE 2011 RELATIVA A LA LUCHA CONTRA LOS ABUSOS SEXUALES Y LA EXPLOTACIÓN SEXUAL DE LOS MENORES Y LA PORNOGRAFÍA INFANTIL Y POR LA QUE SE SUSTITUYE LA DECISIÓN MARCO 2004/68/JAI DEL CONSEJO 1 (DO L 335, 17 de diciembre de 2011; Rect. DO L 18, 21 de enero de 2012) El Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea, Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 82, apartado 2, Vista la propuesta de la Comisión Europea, Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo 2 , Previa consulta al Comité de las Regiones, Previa transmisión del proyecto de acto legislativo a los Parlamentos nacionales, De conformidad con el procedimiento legislativo ordinario 3 , Considerando lo siguiente: (1) Los abusos sexuales y la explotación sexual de los menores, incluida la pornografía infantil, constituyen graves violaciones de los derechos fundamentales y, en particular, de los derechos del niño a la protección y los cuidados necesarios para su bienestar, tal como establecen la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño de 1989 y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea 4 . (2) De conformidad con el artículo 6, apartado 1, del Tratado de la Unión Europea, la Unión reconoce los derechos, las libertades y los principios enunciados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, cuyo artículo 24, apartado 2, establece que en todas las medidas relativas a la infancia, ya sean adoptadas por las autoridades públicas o por instituciones privadas, el interés superior del menor sea la consideración primordial. Por otra parte, el Programa de Estocolmo — Una Europa 1  Redacción del título conforme a la corrección de errores DO L 18 de 21.1.2012, p. 7. 2  DO C 48 de 15.2.2011, p. 138. 3  Posición del Parlamento Europeo de 27 de octubre de 2011 (no publicada aún en el Diario Oficial) y Decisión del Consejo de 15 de noviembre de 2011. 4  DO C 364 de 18.12.2000, p. 1.

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