Código de los Derechos de las Víctimas
499 III. LEGISLACIÓN ESTATAL § 30, Art. 59 acreditada la existencia de indicios razonables para suponer que el fallecimiento se ha producido por un hecho con caracteres de delito violento y doloso 73 . Conforme establece el artículo 83.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se podrá interrumpir el plazo de los trámites sucesivos del procedimiento desde que se solicite el informe del Ministerio Fiscal 74 . Artículo 58. Actividades de instrucción para acreditación de la situación de precariedad y la aplicación de los coeficientes correctores. 1. La precariedad de la situación económica del beneficiario se determinará mediante la declaración de rentas o ingresos y la copia de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas aportadas junto con la solicitud inicial. No obstante, dado que la situación de precariedad del beneficiario debe valorarse con referencia a la fecha de la solicitud, si los documentos mencionados en el párrafo anterior fuesen insuficientes para determinar dicha situación, el órgano instructor requerirá al interesado la documentación pertinente 75 . 2. La aplicación de los coeficientes correctores establecidos en el artículo 14 de este Reglamento se efectuará conforme se establece en el artículo 43, apartados 2 y 3, del Reglamento, a cuyo efecto se requerirá al interesado para que en el plazo de quince días aporte los documentos a que se refiere el mencionado artículo 43, si no obrasen en el expediente 76 . Si el interesado no aportase la documentación pertinente, se procederá de acuerdo con lo establecido en el apartado 4 del artículo 38 de este Reglamento. Sección 3ª. Terminación del procedimiento Artículo 59. Resolución. Una vez evacuado el trámite de audiencia o recibido el informe del Servicio Jurídico del Estado cuando éste se haya solicitado de acuerdo con lo previsto en el artículo 30, segundo párrafo, de este Reglamento, el órgano instructor dictará resolución que se ajustará a lo establecido en los artículos 33 y 44, apartados 1 y 2, del mismo 77 . 73 Vid. arts. 9.3 y 10.3.c) LAAVD (§29); arts. 25.2 y 3 RAVD (§30). 74 Vid. art. 31.1.a) RAVD (§30). 75 Vid. arts. 6.2. a) y b), 10.1 LAAVD (§29); arts. 5 y 8 RAVD (§30). 76 Vid. arts. 2.4, 9.3 y 4 LAAVD (§29); arts. 4, 5, 15, 28 y 29 RAVD (§30). 77 Vid. arts. 31.1.a) y 31.2 LAAVD (§29); art. 57 RAVD (§30).
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