Código de los Derechos de las Víctimas
977 IV. LEGISLACIÓN AUTONÓMICA DE ANDALUCÍA § 56 (Página 2 de 2) ANEXO III 002260 5 SOLICITUD, LUGAR, FECHA Y FIRMA SOLICITO se me conceda el derecho a la segunda opinión (artículos 29 y 30 del decreto 67/2008, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía). En a de de EL/LA SOLICITANTE O REPRESENTANTE LEGAL Fdo.: COMISIÓN DE ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA DE CONSEJERÍA DE JUSTICIA E INTERIOR PROTECCIÓN DE DATOS En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la Consejería de Justicia e Interior le informa que los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de este documento/impreso/formulario y demás que se adjuntan van a ser incorporados, para su tratamiento, en un fichero "Justicia gratuita". Asimismo, se le informa que la recogida y tratamiento de dichos datos tienen como finalidad: automatización del reconocimiento del derecho de justicia gratuita: solicitud, resolución, notificación y pago. De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo un escrito a Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación. INFORMACIÓN RELATIVA LA SOLICITUD DE SEGUNDA OPINIÓN 1.- Sólo se podrá solicitar una única vez para todos los procesos o procedimientos derivados del mismo acto de violencia y siempre antes de haberse efectuado la actuación procesal planteada por el/la abogado/a de oficio. 2.- Deberá solicitarse ante el servicio de orientación jurídica del colegio de abogados donde se presentó la solicitud para el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita. 3.- Una vez emitido el dictamen por la comisión técnica del colegio de abogados correspondiente, éste deberá remitirlo junto con la solicitud de segunda opinión a la comisión de asistencia jurídica gratuita correspondiente, y dar traslado del dictamen a la persona solicitante. Si el dictamen fuera favorable, deberá indicar el nombre, apellidos y número de colegiación del abogado/a designado/a en segundo lugar.
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