Estudios sobre el Gobierno y la Adminsitración de la Junta de Andalucía
104 JOSÉ Presidente o Presidenta del Grupo beneficiado o para su Portavoz la obligación de retirar del orden del día inicialmente aprobado la pregunta ordinaria al Presidente o Presidenta que tenía previamente asignada, a cuyo efecto el escrito en el que se formule la iniciativa irá acompañado de la correspondiente propuesta de retirada. e. Preguntas orales al Consejo de Gobierno y órganos directivos en Comisión.- En virtud del artículo 163 del Reglamento parlamentario, las preguntas respecto de las que se pretenda respuesta oral en Comisión estarán en condiciones de ser incluidas en el orden del día una vez que sean calificadas y admitidas a trámite por la Mesa de la Cámara, y con un tiempo total será de diez minutos. Podrán comparecer para responderlas los Viceconsejeros y Directores Generales o cargos que estén asimilados en rango a éstos. f. Preguntas escritas de "máxima actualidad" al Consejo de Gobierno en Comisión.- En cada sesión de Comisión, un Diputado o Diputada de cada Grupo parlamentario que cuente con alguna pregunta ordinaria en el orden del día previamente aprobado podrá formular una pregunta que tenga por objeto cuestiones o temas de máxima actualidad. Estas preguntas, que tendrán como hora límite de presentación las diez horas del penúltimo día hábil anterior al de celebración de la Comisión, se formularán por escrito ante la Mesa. La inclusión de estas preguntas en el orden del día comportará para el Diputado o Diputada que la haya presentado la obligación de retirar del inicialmente aprobado una pregunta ordinaria, a cuyo efecto el escrito en que se formule la iniciativa irá acompañado de la correspondiente propuesta de retirada. 10.5.2. Las interpelaciones al Consejo de Gobierno Reguladas en el Capítulo I del Título IX del Reglamento del Pa.rlamento de Andalucía, a dife– rencia de las preguntas, las interpelaciones se desarrollan ante el Pleno, dan lugar a un debate, no sólo entre interpelante y Consejo de Gobierno, sino también, eventualmente, con intervención de un representante de cada Grupo parlamentario "excepto de aquel de que proceda la interpelación". Además, pueden dar lugar a una moción en la que la Cámara manifiesta su posición respecto al tema objeto de debate. En este segundo aspecto la moción se diferencia materialmente muy poco de la proposición no de ley, habiéndose producido un desplazamiento en la utilización de una clase de iniciativa por otra, con un progresivo incremento de las proposiciones no de ley. La causa de esta sustitución es la consecución del mismo objetivo: la manifestación de la posición de la Cámara por un procedimiento más rápido que evita duplicar el debate y cuya votación se realiza en la misma sesión en que se presenta 101 . En consecuencia, la interpelación se materializa en un debate pero también, y quizás con mayor valor político, en una propuesta de resolución que, en concepto de moción, puede presentarse a la Cámara para que adopte un acuerdo con la manifestación de voluntad del Parlamento frente al Consejo de Gobierno. 101 Las preguntas de iniciativa ciudadana fueron introducidas en el Reglamento de la Cámara en la IV legislatura y su número ha sido extremadamente escaso. De 13 (5+8) presentadas durante esta primera etapa sólo llegaron a contestarse cua– tro (3+1). En la VI legislatura se presentaron 20 (3+17) y fueron contestadas 12 (3+9). En cuanto a las interpelaciones, se computaron 89 en la I legislatura, 97 en la 11, 80 en la 111, 22 en la IV, 63 en la V y 58 en la VI.
RkJQdWJsaXNoZXIy MTEw