Estudios sobre el Gobierno y la Adminsitración de la Junta de Andalucía
174 SEVERIANO fERNÁNDEZ RAMOS producción normativa, asistencia jurídica y publicaciones-art. 17.1- 206 • Ylo cierto es que antes de la aprobación de la LAJA ya era común atribuir a la Secretaría General Técnica competencias tales como la gestión de personal, sin perjuicio de la ostentación de la jefatura superior de personal por la Viceconsejería, las funciones generales de administración, el impulso y ejecución de la actividad presupuestaria, la ejecución del gasto, así como la gestión de la contratación administrativa, funciones propias de la Subsecretaría en la Administración General del Estado 207 • Además, debe señalarse que el Decreto 233/1989, de 7 de noviembre, adscribió orgánicamente los archivos centrales a las Secretarías Generales Técnicas, sin perjuicio de su dependencia funcional, através del Archivo General de Andalucía, de la Consejería competente en materia de archivos. De un modo más detallado, los Decretos de estructura orgánica de las Consejerías atribu– yen a los titulares de las Secretarías Generales Técnicas un importante elenco de competen– cias relativas a los servicios comunes del Departamento. Aun cuando no siempre se expresan con tal grado de detalle, de los decretos se pueden inducir las competencias siguientes, por lo general, de los Secretarios Generales Técnicos 208 : • Tramitación, informe y, en su caso, elaboración de las disposiciones de la Consejería y la coordinación legislativa con otros Departamentos y Administraciones Públicas, así como la remisión al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las normas y actos adminis– trativos emanados de los centros directivos de los servicios centrales de la Consejería. • Las propuestas de resolución de los recursos administrativos sobre las materias que son competencias de la Consejería o, más específicamente, cuya resolución esté atribuida al titular de la Consejería o de la Viceconsejería. • Administración y gestión del personal, sin perjuicio de la jefatura superior de todo el per– sonal de la Consejería que corresponde al/a la viceconsejero/a, y el control, vigilancia y racionalización de las unidades y servicios. • Los expedientes de revisión de actos nulos y la declaración de lesividad de actos anulables. • La tramitación de los expedientes de responsabilidad patrimonial de la Administración, a tenor de lo dispuesto en el Título X de la LRJPAC. 206 Por ejemplo, Real Decreto 1130/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y Real Decreto 1128/2008, de 4 de julio, por el que se y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte. 207 Por ejemplo, Decreto 316/1996, de 2 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Trabajo e Industria; Decreto 317/1996, de 2 julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud. 208 Por ejemplo, Decreto 138/2000, de 16 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación; Decreto 139/2000, de 16 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública; Decreto 240/2004, de 18 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte; Decreto 194/2008, de 6 de mayo, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente; Decreto 191/2008, de 6 de mayo, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Gobernación.
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