Estudios sobre el Gobierno y la Adminsitración de la Junta de Andalucía

VI. LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA ---1¡¡-- _38_9__ 11 i 3. La transmisión al Consejo de Gobierno de información y documentación podrá realizar– se, igualmente, por medios telemáticos de comunicación. Tales sistemas también podrán utilizarse para la remisión de las decisiones y certificaciones de los acuerdos del Consejo de Gobierno a los órganos destinatarios de las mismas. Esta previsión de la Ley del Gobierno se adelantó al Derecho estatal, que todavía no había regulado la reunión de órganos colegiados por medios electrónicos, y acogió una solución cuya oportunidad había destacado previamente la doctrina 61 . El precepto autonómico no precisa de mayor desarrollo normativo, bastando con la implantación efectiva de un sistema que reúna los requisitos estipulados en la Ley estatal y en la autonómica para que pueda procederse materialmente a celebrar reuniones virtuales de este órgano colegiado. Lo que sí está falto de regulación es el régimen aplicable a las reuniones por medios electrónicos de otros órganos colegiados distintos del Consejo de Gobierno. En este sentido, llama la atención que la LAJA no se haya hecho eco de la cuestión. Es perfectamente posible acometer la tarea mediante normas de rango reglamentario, tomando como cobertura la disposición adicional primera de la Ley 11/2007; en cualquier caso, debe notarse que solo el apartado primero de dicha disposición adicional ostenta el carácter de básico. El desarrollo de esta cuestión, y sobre todo su aplicación práctica, puede generar un gran ahorro de tiempo y de dinero, sobre todo en relación con los órganos interdepartamentales de coordinación, que obligan a desplazamientos y gastos que de este modo podrían evitarse. 61 Véase CERRILLO MARTÍNEZ, A.: Órganos colegiados electrónicos, Aranzadi, Cizur Menor, 2006. En cuanto al régimen aplicable a esta materia tras la Ley 11/2007, véase, del mismo autor, "Órganos colegiados electrónicos", en GAMERO CASADO, E. y VALERO TORRIJOS, J. (coords.): La Ley de administración electrónica, op.cit., págs.811 y sigs.

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