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LEGISLACIÓN DE ANDALUCÍA SOBRE FARMACIA
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de mayo, sobre Ordenación de la Inspección de Prestaciones y Servicios Sanitarios de la
Junta de Andalucía.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Disposición derogatoria única.-
Derogación normativa
.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dis-
puesto en el presente Decreto, y en especial el Decreto 156/1996, de 7 de mayo.
DISPOSICIONES FINALES
Disposición final primera.-
Habilitación normativa
.
Se faculta a la titular de la Consejería de Salud a dictar cuantas disposiciones sean nece-
sarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.
Disposición final segunda.-
Entrada en vigor
.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
ANEXO
Reglamento de Ordenación de la Inspección de Servicios
Sanitarios de la Junta de Andalucía
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.
Objeto del Reglamento
.
El presente Reglamento tiene por objeto regular la organización, funcionamiento y ámbito
de actuación de la Inspección de Servicios Sanitarios de la Junta de Andalucía, así como
establecer las peculiaridades aplicables al Cuerpo Superior Facultativo, Especialidad de
Inspección de Prestaciones y Servicios Sanitarios y al Cuerpo de Técnicos de Grado Me-
dio, Especialidad de Subinspección de Prestaciones y Servicios Sanitarios.