LEGISLACIÓN DE ANDALUCÍA SOBRE FARMACIA
152
2.
La Inspección de Servicios Sanitarios desarrollará sus funciones de acuerdo con el Plan
Anual de Inspección.
de mejora», que representa una nueva vision en la manera de desempenar las funciones de inspeccion, de forma
que se pretende acercar la gestion de la actuaciones inspectoras desde la inspeccion central a las inspecciones
provinciales por su mayor cercania a los centros sanitarios.
Pues bien, la línea de actuación 7 es la correspondiente al Área de Inspección Farmacéutica, con la siguiente redacción:
“
7.A. Certificacion del cumplimiento de Buenas Practicas de distribucion.
Objetivos y contenido: Se comprobara el cumplimiento de las normas de Buenas Practicas de distribucion
(BPd) de Medicamentos de la Union europea asi como la efectiva adopcion por las entidades distribuidoras
inspeccionadas de las medidas correctoras acordadas, a efecto de la emision de aquellos informes que sean
requeridos para expedicion del preceptivo Certificado, de acuerdo con el R.D. 782/2013 que dictamina en su
articulo 21: «Una vez comprobada la conformidad con el cumplimiento de las buenas practicas de distribucion,
las autoridades sanitarias actuantes expediran a la entidad inspeccionada un certificado de cumplimiento de
dichas normas que se ajustara al formato europeo», y cuyo plazo de adecuacion finaliza el 20 de abril de 2014.
Ambito de actuacion: Almacenes Mayoristas de distribucion de Medicamentos. Area de responsabilidad: Progra-
ma General de Inspeccion Farmaceutica.
7.B. Control de oficinas de farmacia:
Objetivos y contenido: Verificacion del cumplimiento de la normativa que regula las oficinas de farmacia,
prestandosele especial atencion a los aspectos relativos a las dispensaciones de recetas medicas electronica,
asi como a la dispensaciones de determinados medicamentos susceptibles de comercio ilegal, que puedan
suponer un riesgo para la salud de las personas.
Ambito de actuacion: Oficinas de farmacia.
7.C. Control de actividades de distribucion inversa por oficinas de farmacia
.
Objetivos y contenido: Se comprobara el cumplimiento de las condiciones de compraventas de medicamentos
entre Oficinas de Farmacia y ventas de medicamentos por Oficinas de Farmacia a Almacenes Mayoristas de
determinados medicamentos, cuyo destino ulterior es el comercio paralelo o la exportacion, ocasionando con
ello un desabastecimiento a la poblacion andaluza.
Por otro lado, no hay que olvidar que la reciente Ley 10/2013, de modificacion de la Ley de Garantias y Uso
racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios (LGUrMPS), establece que el ejercicio profesional del
farmaceutico en Oficina de Farmacia o SF es incompatible con cualquier clase de intereses economicos directos
de los almacenes mayoristas y, en su disposicion transitoria segunda, el ejercicio profesional del farmaceutico en
Oficina de Farmacia o SF que formen parte o que puedan entrar a formar parte de cooperativas con un minimo de
20 cooperativistas o de sociedades mercantiles con un minimo de 100 accionistas o socios, conformadas en am-
bos casos exclusivamente por los citados farmaceuticos y ya existentes a la entrada en vigor de esta disposicion,
podran participar en estas hasta su disolucion, siempre que la misma no conlleve un posible conflicto de intereses.
Ambito de actuacion: Oficinas de Farmacia y Almacenes Mayoristas. Area de responsabilidad: Programa general
de Inspeccion Farmaceutica.
7.d. Inspeccion de depositos de Medicamentos y Servicios de Farmacia en Centros Socio-sanitarios
:
Objetivo y contenido: Se comprobara el cumplimiento de las exigencias legales previas a la autorizacion de
funcionamiento de los depositos de Medicamentos y Servicios de Farmacia en Centros Socio-sanitarios cuyas
solicitudes hayan tenido entrada en el registro de las respectivas delegaciones Provinciales de la Consejeria de
Igualdad, Salud y Politicas Sociales.
Ambito de actuacion: depositos de Medicamentos y Servicios de Farmacia en Centros Socio-sanitarios Area de
responsabilidad: Programa General de Inspeccion Farmaceutica.
7.e. Informes de Inspeccion para autorizacion de las oficinas de farmacia para elaborar formulas
magistrales y preparados oficinales por terceros.
Objetivos y contenido: Se comprobara en aquellas Oficinas de Farmacia y Servicios de Farmacia que soliciten
autorizacion para realizar una o varias fases de la elaboracion y/o control de formulas magistrales y preparados
oficinales para su dispensacion en otras oficinas de farmacia, el cumplimiento de los requisitos exigibles en la
normativa reguladora.
Ambito de actuacion: Oficinas de Farmacia y Servicios de Farmacia. Area de responsabilidad: Programa General
de Inspeccion Farmaceutica”.
Adviértase que cerrada la presente compilación legislativa se ha publicado la Orden de 29 de febrero de 2016,
por la que se aprueba el Plan Anual de Inspección de Servicios Sanitarios.