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§14. DECRETO 208/2015, DE 14 JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE...
279
k) El impulso, dirección, supervisión y control de las políticas de consumo de la Junta de
Andalucía y de las políticas de protección, promoción y defensa de los derechos e inte-
reses de las personas consumidoras y usuarias, en el marco de competencias atribuido
a la Consejería.
l) El impulso de las políticas de promoción de la igualdad y de todas aquellas políticas que
favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en el ámbito del Sistema
Sanitario Público de Andalucía.
m) Y en general, todas aquellas que le atribuya la normativa vigente y las que expresamen-
te le sean delegadas.
2.
De la Secretaría General de Salud Pública y Consumo dependen directamente la Dirección
General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica y la Dirección General de Consumo.
Artículo 6.
Secretaría General de Investigación, Desarrollo e Innovación en salud
.
1.
A la persona titular de la Secretaría General de Investigación, Desarrollo e Innovación en
salud le corresponden las funciones previstas en el artículo 28 de la Ley 9/2007, de 22
de octubre
286
y, de manera específica, las siguientes funciones:
a) El impulso, desarrollo y coordinación de la política de investigación, desarrollo e innova-
ción de la Consejería de Salud, así como la política de gestión del conocimiento.
b) El diseño y coordinación de una estrategia de excelencia en materia de investigación,
desarrollo e innovación en salud.
c) La coordinación de la política de investigación biosanitaria con el Plan Andaluz de Inves-
tigación, de desarrollo e innovación, en el marco del Sistema Andaluz del Conocimiento.
d) La definición de las líneas prioritarias de investigación, desarrollo e innovación en el
ámbito de actuación de la Consejería, la aplicación y la promoción de la transferencia
de tecnología en este sector.
e) La elaboración y fomento de políticas de innovación organizativa, asistencial y tecnoló-
gica en el ámbito de la Consejería, así como la promoción de proyectos de innovación
tecnológica en colaboración con los sectores académicos e industriales.
f) La planificación estratégica de las políticas de formación, desarrollo profesional y acre-
ditación de profesionales en el Sistema Sanitario Público de Andalucía.
g) En el ámbito de las competencias de la Consejería de Salud, la coordinación con las
diferentes Universidades de Andalucía en materia de formación de pregrado, postgrado
e investigación, así como el seguimiento de los diferentes Convenios suscritos con las
Universidades o con otras instituciones públicas o privadas con responsabilidades en
materia de investigación.
h) La coordinación y evaluación de las políticas de calidad en los organismos y entidades
dependientes de la Consejería de Salud.
i) Y en general, todas aquellas que le atribuya la normativa vigente y las que expresamen-
te le sean delegadas.
2.
De la Secretaría General de Investigación, Desarrollo e Innovación en salud depende
directamente la Dirección General de Investigación y Gestión del Conocimiento.
286
Véase nota al pie 284.