§14. DECRETO 208/2015, DE 14 JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE...
287
m) El impulso y evaluación de cuantas acciones sean necesarias para mejorar la continui-
dad y la integralidad de la asistencia sanitaria.
n) La definición funcional, explotación y control de los sistemas de información necesarios
para el ejercicio de sus funciones.
ñ) El impulso y coordinación de programas socio-sanitarios en el ámbito del Servicio Anda-
luz de Salud y entidades adscritas funcionalmente al mismo.
o) Y en general, todas aquellas que le atribuya la normativa vigente y las que expresamen-
te le sean delegadas.
Artículo 14.
Dirección General de Profesionales
.
A la persona titular de la Dirección General de Profesionales le corresponden las atribucio-
nes previstas en el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre
294
y, en especial, las
siguientes:
a) El impulso de políticas estratégicas de personal, en el marco presupuestario existente,
orientadas a la consecución de la excelencia en el desempeño profesional.
b) El establecimiento y desarrollo de un modelo de gestión que procure la satisfacción de
expectativas y el pleno desarrollo profesional.
c) La aplicación de la gestión por valores y por competencias, así como la evaluación del
desempeño profesional.
d) Las relaciones con las organizaciones sindicales y representantes de las personas tra-
bajadoras establecidas en el marco normativo vigente.
e) La gestión y evaluación de la carrera profesional y demás acciones de desarrollo profe-
sional de acuerdo con los criterios establecidos por la Consejería.
f) La planificación, coordinación, gestión operativa y evaluación de la docencia, formación
y actualización profesional, en el marco de las competencias propias, en los centros
adscritos orgánica y funcionalmente al Servicio Andaluz de Salud y a las entidades ads-
critas funcionalmente.
g) La gestión, tramitación y resolución de los programas de selección y provisión de los
puestos de trabajo del Servicio Andaluz de Salud.
h) La ordenación y gestión de los puestos de trabajo del Servicio Andaluz de Salud.
i) El análisis, seguimiento, evaluación y control de las diferentes líneas de gastos del per-
sonal adscrito al Servicio Andaluz de Salud.
j) La propuesta, gestión y evaluación del modelo retributivo del personal en el Servicio
Andaluz de Salud.
k) La dirección de programas y planes de actuación en materia de Prevención de Riesgos
Laborales y Salud Laboral y estrategias de empresa saludable para todo el personal del
Servicio Andaluz de Salud y de las entidades adscritas funcionalmente al mismo.
l) La tramitación administrativa de las reclamaciones laborales y de los recursos del per-
sonal adscrito al Servicio Andaluz de Salud.
m) El ejercicio de la potestad disciplinaria.
294
Véase nota al pie 287.