LEGISLACIÓN DE ANDALUCÍA SOBRE SALUD PÚBLICA
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para actualizar el listado de actividades y obras, públicas y privadas, y sus proyectos, que
deban someterse a evaluación de impacto en salud.
Disposición final segunda.
Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor a los seis meses del día siguiente de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
ANEXO I
Actuaciones del Anexo I de la Ley GICA que deben ser sometidas a Evaluación de
Impacto en la Salud
[…]
ANEXO II
Test para determinar si un plan o programa debe someterse a Evaluación de
Impacto en Salud
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ANEXO III
Valoración de impacto en salud de los planes y programas
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ANEXO IV
Modelo de consultas previas
[…]
ANEXO V
Modelo de declaración responsable
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