Página 255 - Legislacion_Andalucia_Salud_Publica

Versión de HTML Básico

253
§3.7. DECRETO 8/1995, DE 24 DE ENERO, POR EL QUE
SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESINFECCIÓN,
DESINSECTACIÓN Y DESRATIZACIÓN SANITARIAS
(BOJA núm. 26, de 16 de febrero; rect. en BOJA núm. 81, de 6 de
junio)
PREÁMBULO
L
a Constitución Española consagra, en su artículo 43, el derecho a la protección de la
salud y faculta a los poderes públicos para organizar y tutelar la salud pública, a través de
medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios.
El artículo 24 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, regula la interven-
ción pública en las actividades públicas o privadas que, directa o indirectamente, puedan
tener consecuencias negativas para la salud, mediante las correspondientes limitaciones
preventivas de carácter administrativo y de conformidad con lo previsto en el artículo
13.21 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
En la actualidad y, dentro del contexto que supone la vigilancia y el control en materia de
Salud Pública, la regulación de actividades de desinfección, desinsectación y desratización
se encuentra diseminada en multitud de disposiciones estatales con diferente rango, refe-
ridas a distintos ámbitos de aplicación.
Asimismo, la evolución experimentada por conceptos sanitarios –tales como el control
de vectores–, junto a la transformación estructural de los servicios sanitarios públicos,
ha generado la necesidad de crear una norma homogeneizadora y actualizada de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, que regule los criterios sanitarios básicos que rigen
actualmente este campo, de acuerdo a las directrices de la Consejería de Salud en la
materia, reflejadas en el Plan Andaluz de Salud, dentro del contexto general de cambios
necesarios para mejorar la salud y en el apartado relativo al control de especies nocivas
para la salud humana.