LEGISLACIÓN DE ANDALUCÍA SOBRE SALUD PÚBLICA
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g) El consumo de tabaco y otras sustancias adictivas se evite, se retrase o se abandone.
h) El consumo de alcohol, así como otras conductas con riesgo de crear adicción, se haga
de forma que se minimice dicho riesgo y se promueva la reducción de daños.
i) Las relaciones personales, parentales y de convivencia se basen en valores democráti-
cos, igualitarios, solidarios y de respeto a las diferencias.
j) Los lugares de trabajo y los espacios de ocio y convivencia puedan ser saludables.
k) El envejecimiento sea activo y se fomente la autonomía de las personas.
l) Los estilos de vida de las personas con enfermedad crónica contribuyan a prolongar la
duración de una vida libre de discapacidad y de dependencia.
m) Ni los roles de género ni las diferencias de nivel cultural, de capacidad funcional, de
etnia o de situación socioeconómica constituyan una fuente de desventaja o discrimina-
ción para poder elegir los estilos de vida más saludables.
n) Se fomente la recuperación de la trayectoria vital de las personas, de la propia estima
y del valor social de la persona, en relación con las personas que vean truncado su
proyecto de vida por sufrir un problema de salud mental o física.
3.
Las acciones de promoción de salud tendrán como escenario los diferentes ámbitos en
los que se desenvuelve la vida en las diferentes edades: la familia, el ámbito educativo, el
lugar de trabajo, los espacios de ocio, el sistema sanitario y la sociedad en su conjunto.
4.
La Administración sanitaria pública de Andalucía, en el ámbito de la promoción de la
salud, desarrollará las siguientes acciones
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:
a) Informativas, dirigidas a la población general o a grupos específicos de personas, sobre
los estilos de vida y los entornos más saludables.
b) De sensibilización y motivación individual y colectiva, orientadas a favorecer actitudes
saludables y solidarias, así como a difundir el valor de la salud como un activo individual
y social.
c) Educativas, para personas de distintos tipos y edades, y con diversas estrategias pe-
dagógicas, con el fin de mejorar las competencias de las personas en la toma de de-
cisiones respecto de los aspectos de su vida relacionados con la salud y el desarrollo
personal.
d) Formativas, destinadas a mejorar las competencias de quienes participen en activida-
des de promoción de la salud.
e) Normativas, destinadas a propiciar entornos en los que se facilite la elección de conduc-
tas saludables.
f) De control del cumplimiento de las normas vigentes, encaminadas a proteger el dere-
cho a elegir las conductas más saludables y a vivir en entornos saludables y seguros.
g) Investigadoras, con el fin de mejorar los conocimientos científicos sobre los estilos de
vida de la población andaluza y los efectos de estos y de los diferentes entornos sobre
la salud.
h) De influencias, destinadas a conseguir compromisos políticos y sociales contra la estig-
matización, la imagen social negativa o la discriminación que puedan sufrir las personas
por determinadas circunstancias o problemas de salud.
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Artículos 6-8, 12-14 y 16, especialmente.