Legislación de Andalucía sobre el turismo
ΛΕΓΙΣΛΑΧΙΝ ∆Ε ΑΝ∆ΑΛΥΧ⊆Α ΣΟΒΡΕ ΕΛ ΤΥΡΙΣΜΟ 460 4. Documento núm. 4: Propuesta técnica del proyecto de campo de golf de interés turístico. Contendrá estos apartados: a) Propuesta de ordenación urbanística, que especifique objetivos y criterios del diseño propuesto, un esquema general indicativo de las zonas, tipologías e intensidades edificatorias, la situación de las reservas de suelo para dotaciones y vivienda protegida exigidas por la legis- lación urbanística, así como la previsión de sistemas generales que aseguren la integración de la actuación en la ordenación estructural del municipio. b) Justificación del cumplimiento de las condiciones y requisitos para la implantación territorial de los campos previstos en el capítulo II del Decreto 43/2008, de 12 de febrero, regulador de las condiciones de implantación y funcionamiento de campos de golf en Andalucía (§6.3). c) Justificación del cumplimiento de las prescripciones técnicas generales y suplementa- rias establecidas en el capítulo IV y artículo 24 del Decreto 43/2008, de 12 de febrero (§6.3), relativas al: - Paisaje y clima. - Terrenos. - Vegetación y fauna. - Recursos hídricos, instalaciones de riego y drenaje. - Eficiencia energética. - Pendientes y acuíferos. d) Diseño y características del campo que, al menos, considere las siguientes cuestiones: - Exposición de la solución adoptada. - Ficha técnica del recorrido y descripción de los hoyos. - Medidas de seguridad adoptadas. - Obra civil. e) Programa de usos complementarios y compatibles. f) Explotación y gestión turística del proyecto, que incluya: - Plan de comercialización de los derechos de juego. - Calendario y horarios de juego. g) Gestión y ejecución: Se recogerán las previsiones para el desarrollo, gestión y explota- ción de la totalidad del proyecto y de cada una de sus actuaciones, incluyendo una estimación económica de las mismas y el cronograma previsto para su realización. Específicamente, se recogerán las previsiones sobre infraestructuras, dotaciones, equi- pamientos y servicios que demande la implantación de la actuación, con asignación de los costes a las personas, entidades promotoras o Administraciones públicas responsables de las mismas, incluyendo, en todo caso, las actuaciones de ejecución, mejora o reforzamiento de las redes exteriores de sistemas generales afectados que fuesen necesarias.
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