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 14 La Liquidación Tributaria
la Comunidad Autónoma de Andalucía- y, aprovecha la Autora esta coyuntura normativa, para advertir del peligro que tendría que tras esta variante de Ad- ministración Tributaria Autonómica, se cayera en la tentación de aventurar un procedimiento de liquidación y comprobación tributaria divergente -aunque sólo fuera en aspectos parciales- del diseñado con voluntad de norma común para cualquiera de los que se instruyan, en la Ley 58/2003, de 17 de diciem- bre, General Tributaria.
La incursión en estas ideas que, a propósito de los actos de liquidación tributaria, me ha sugerido la lectura de las páginas que siguen, no debe apar- tarme de la voluntad de prologar la obra que el lector tiene entre sus manos y, por ello, es obligado y de justo reconocimiento glosar las cualidades que acompañan a su Autora. María Bertrán Girón es profesora en el Departamento de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Granada e investiga- dora en los Grupos de esa naturaleza que tengo el honor -por la calidad de sus componentes- de dirigir, y desde su años de Licenciatura hasta su recorrido profesional como docente e investigadora, ha mostrado ingenio en la cons- trucción científica, tenacidad en el trabajo puntual, inquietud en el aprender, y generosidad en sus dedicaciones y de relación con sus compañeros de Depar- tamento y de Grupos de Investigación. Debo señalar, que su vida académica no ha estado rodeada de la tranquilidad y sosiego necesarios para desarrollar esas dotes a las que acabo de referirme, lo que significa, por lo tanto, que se trata de cualidades congénitas a la persona que escribe esta obra. Sabe ella mejor que nadie -también Luis, su esposo- lo que hay que sufrir para entre- abrir un pasillo de dulce tránsito por esta jungla universitaria, y conoce, asi- mismo, las dificultades que tal empresa presenta, pero desde estas páginas, quiero insistirle en aquello que de manera cotidiana le repito en las horas de despacho y Facultad, lo importante es el trabajo bien hecho. Y María Bertrán está en esa idea como acreditan las páginas que ahora presento y que el lector pude constatar.
Quiero terminar con estas palabras de aliento para el quehacer de la Auto- ra y para el de tantos universitarios que, como ella, han sentido que su dedica- ción a la institución docente les exigía un esfuerzo adicional, esfuerzo que se ve recompensado con la difusión de su pensamiento en la letra escrita, que es bien recibido por quienes nos hemos acercado a sus contenidos. La construc- ción del Derecho tributario está en deuda de reconocimiento con estos jóvenes investigadores de nuestra disciplina científica.
Granada, septiembre 2009






























































































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