Page 199 - La Mejora en los Procedimientos Administrativos clave en el Servicio a los Ciudadanos
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7. ANEXO II. ORDENANZA DE SUBVENCIONES Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE SUBVENCIONES
g) Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del proce- dimiento de concesión de la subvención y el plazo en que será notificada la resolución.
h)Determinación, en su caso, de los libros y registros contables específicos para garantizar la adecuada justificación de la subvención.
i) Plazo y forma de justificación por parte del beneficiario o de la entidad colaboradora, en su caso, del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos, cumpli- mentando los modelos de justificación anexos a la convocatoria.
j) Posibilidad de efectuar pagos anticipados y abonos a cuenta, así como su correspondiente régimen de garantías que en caso de que se establezcan de- berán aportar los beneficiarios. El cual deberá ajustarse a lo dispuesto en los artículos 45 a 52 del Reglamento General de Subvenciones.
k)Medidas de garantía que, en su caso, se considere preciso constituir a favor del órgano concedente, medios de constitución y procedimiento de cancelación.
l) Circunstancias que, como consecuencia de la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, podrán dar lugar a la modi- ficación de la resolución.
m)Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. Será la convocatoria la que determine el régimen de compati- bilidad o incompatibilidad para la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad. Estos últimos supondrán entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención.
n)En su caso, importe de financiación propia de la entidad beneficiaria para cubrir la actividad subvencionada.
o)Criterios de graduación de los posibles incumplimientos de condiciones impuestas con motivo de la concesión de las subvenciones. Estos criterios resultarán de aplicación para determinar la cantidad que finalmente haya de percibir el beneficiario o, en su caso, el importe a reintegrar, y deberán responder al principio de proporcionalidad.
p) Cuando la finalidad de la subvención así lo precise y en aquellos casos en que el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30.000 euros en el supues- to de coste por ejecución de obra, o de 12.000 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asis- tencia técnica, en las bases de la convocatoria se hará constar que el beneficiario deberá solicitar, como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores.
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