Page 200 - La Mejora en los Procedimientos Administrativos clave en el Servicio a los Ciudadanos
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LA MEJORA EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CLAVE EN EL SERVICIO A LOS CIUDADANOS
La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o, en su caso, en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
q) Las bases de las convocatorias de las subvenciones deberán establecer si es posi- ble o no la subcontratación de las actividades subvencionadas.
artículo 29. documentación a presentar por las personas físicas, asociacio- nes y otras entidades con personalidad jurídica.
A la solicitud de subvención deberán acompañar la siguiente documentación:
1. para determinar la personalidad jurídica.
a) Fotocopia compulsada del CIF de la persona o entidad solicitante.
b) Copia compulsada del DNI de la persona que firma la solicitud y, en su caso,
documento acreditativo de la representación con la que comparece.
c) Fotocopia compulsada de los estatutos o escritura debidamente legalizados e
inscritos en el Registro correspondiente, en su caso.
d) Ficha de datos generales según modelo de la Diputación de Almería.
2. para cuantificar la subvención:
a) Importe solicitado
b)Proyecto concreto para el que se pretende la subvención y presu-
puesto pormenorizado de los gastos e ingresos a realizar para su ejecución; con
indicación, en su caso, del importe de la financiación propia.
c) En el supuesto de que la solicitud de subvención se refiera a actividad o in- versión ya realizada deberá acompañarse de los documentos justificativos de
dicha actuación.
d) Justificación, en su caso, de subvenciones anteriores concedidas por esta Cor-
poración.
3. asimismo, deberán presentar:
a) Declaración de la persona física o del representante legal de la persona jurí- dica de no concurrir ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la LGS.
b) Certificación acreditativa de no ser deudor de la Hacienda pública y de estar al co- rriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
La presentación de solicitud del interesado, salvo denegación expresa, conlle- va la autorización al órgano gestor para recabar las certificaciones a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social, cuando por la Corporación Provincial, sean establecidos
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