Page 208 - La Mejora en los Procedimientos Administrativos clave en el Servicio a los Ciudadanos
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                LA MEJORA EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CLAVE EN EL SERVICIO A LOS CIUDADANOS
 CAPÍTULO II
PROCEDIMIENTO DE JUSTIFICACIÓN Y REINTEGRO
artículo 39. Comprobación y conformidad del servicio correspondiente.
Una vez recibida la documentación pertinente, los servicios dependientes del Área gestora de la subvención comprobará la adecuada justificación de la sub- vención, la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención. Dicha comprobación que- dará reflejada en el expediente.
artículo 40. derechos económicos de baja cuantía.
El Presidente de la Diputación Provincial de Almería podrá disponer la no li- quidación o, en su caso, la anulación y baja en contabilidad de todas aquellas liquidaciones de las que resulten deudas inferiores a la cuantía que fije como insuficiente para la cobertura del coste que su exacción y recaudación represen- ten, hasta un máximo de 200 €. En todo caso, no se exigirá el reintegro de sub- venciones cuya cuantía no aplicada a su finalidad o carente de justificación por importe inferior a cien euros (100 €). Estas cantidades se revisarán anualmente conforme al IPC.
artículo 41. procedimiento de reintegro.
1. La devolución de cantidades se ajustará al procedimiento de reintegro con- templado en el artículo 42 de la LGS.
2. Cuando se aprecie la existencia de alguno de los supuestos de reintegro de cantidades percibidas establecidos en el artículo 37 de la LGS se iniciará el pro- cedimiento de reintegro de oficio por acuerdo del órgano concedente. Esta ini- ciación será, bien por propia iniciativa, bien a propuesta motivada del Delegado del Área gestora de la subvención o por denuncia. También se iniciará a conse- cuencia del informe de control financiero emitido por la Intervención provin- cial. La iniciación de este procedimiento se comunicará a Intervención.
3. En la tramitación del procedimiento se garantizará, en todo caso, el derecho del interesado a ser oído.
4. La resolución del expediente de reintegro deberá determinar la cuantía a re- integrar, el plazo de dos meses para proceder al reintegro y la cuenta bancaria en la que debe ingresarlo.
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