Page 206 - La Mejora en los Procedimientos Administrativos clave en el Servicio a los Ciudadanos
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                LA MEJORA EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CLAVE EN EL SERVICIO A LOS CIUDADANOS
 4. Será requisito necesario para realizar el pago presentar por el beneficiario la ficha de datos bancarios según modelo de la Diputación de Almería.
artículo 37. Compensación de subvenciones a entidades locales.
La Diputación para garantizar el cumplimiento de los fines de la subvención podrá verificar el destino dado a estas por las Entidades Locales beneficiarias. Si tras las actuaciones de verificación resultase que las subvenciones no fueron destinadas total o parcialmente a los fines para los que se hubieran concedido, o bien no hubieran sido justificadas en el plazo establecido, la Diputación exigirá el reintegro de su importe o podrá compensarlo con otras subvenciones o trans- ferencias a que tuviere derecho la entidad afectada y tramitadas por cada área.
A los efectos del cumplimiento de lo indicado en el párrafo anterior, anualmen- te, cada una de las Áreas de la Diputación podrá adoptar acuerdo aprobando la liquidación anual de fondos abonados a los Ayuntamientos en concepto de ayu- das o subvenciones, que no se han destinado total o parcialmente al fin previsto o que no hayan sido justificadas en el plazo establecido. En lugar de requerir el pago o reintegro a los correspondientes Ayuntamientos, se les comunicará que su importe se descontará de las ayudas o subvenciones que se les conceda por el mismo Área de la Diputación, en los próximos cuatro ejercicios.
tÍtulo IV
gestIÓn Y justIFICaCIÓn de las subVenCIones
CAPÍTULO 1o OBLIGACIÓN DE JUSTIFICAR
artículo 38. obligación de justificar y documentación.
1. Los beneficiarios perceptores de estas subvenciones, deberán justificar la apli- cación de los fondos percibidos ante el Área correspondiente, en el plazo que se establezca en las bases de la convocatoria o en el acuerdo de concesión, y como máximo, en el plazo de tres meses desde la finalización del plazo para la realización de la actividad.
2. De preverse la no finalización del proyecto o actividad en la fecha señalada, podrá solicitarse de forma escrita y antes de la finalización del mismo, por el beneficiario, la ampliación del plazo de justificación, con indicación de la fecha
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