Page 231 - La Mejora en los Procedimientos Administrativos clave en el Servicio a los Ciudadanos
P. 231
7. ANEXO II. ORDENANZA DE SUBVENCIONES Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE SUBVENCIONES
documentos mínimos:
1. Documentación acreditativa de las actuaciones previas al inicio del procedimiento de reintegro.
2. Informe del Servicio Jurídico administrativo correspondiente constatando la posible existencia de causas de reintegro. En su caso petición razonada de otros órganos o denuncia.
3. Orden de proceder del Delegado del Área.
4. Informe jurídico de la dependencia.
5. Propuesta de acuerdo de iniciación del procedimiento de reintegro.
6. Comunicación a Intervención de la iniciación de este procedimiento.
7. Informe de Intervención.
8. Acuerdo del órgano competente aprobando el inicio del expediente de reintegro.
9. Notificación del acuerdo anterior al interesado y comunicación del mismo a Interven-
ción.
10. En su caso, alegaciones del interesado.
11. Informe jurídico de la dependencia.
12. Propuesta del Delegado resolviendo el procedimiento.
13. En su caso, informe de la Intervención Provincial.
14. Acuerdo del Órgano competente.
15. Comunicaciones y notificaciones reglamentarias.
noRMas de pRoCedIMIento:
Estatal:
Artículo 34.1. f de la L.R.B.R.L.,
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones: arts. 32; 34; 37 al 42. Reglamento Servicios: 26.2 en relación con el 189.2 Ley de Haciendas Locales. R.D. 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la LGS
De la Diputación de Almería: ROF de Diputación
plaZo MÁXIMo de ResoluCIÓn Y 12 meses desde la fecha del acuerdo notIFICaCIÓn: de iniciación.
eFeCtos juRÍdICos de la no ResoluCIÓn Y notIFICaCIÓn en plaZo:
Caducidad, sin perjuicio de continuar las actuaciones hasta su terminación y sin que se considere interrumpida la prescripción por las actuaciones realizadas hasta la finalización del citado plazo de 12 meses.
1. Artículo 34.1. f de la L.R.B.R.L., articulo 53.2.k del ROF de Diputación y resolución de la Presidencia de la Diputación 1456 de 24 de julio de 2003. El órgano competente será el que concedió la subvención.
231