Page 325 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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 Tiempo de trabajo y estructura retributiva
   introducido algunas modificaciones en esta materia que merecen alguna reflexión. Por lo que se refiere a la regulación del primero de los conceptos, a diferencia de la anterior, se especifica la desvinculación del derecho al abono del plus respecto del lugar de residencia del personal256. Al contrario, la fórmula específica del valor del kilómetro recorrido a abonar al trabajador como suplido por gastos, se ve sustituida por una expresión más genérica, referida a la cuantía que establezca el Decreto so- bre indemnizaciones por razón del servicio para el personal que presta sus servicios en la Administración de la Junta de Andalucía257. Una frase similar, con el añadido de la correspondiente actualización, se utiliza para determinar lo propio respecto de las indemnizaciones por razón del servicio, que cubren el resarcimiento de los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención. Finalmente, hay que señalar que se sustituye el término «viajes» por el más técnico «desplazamientos» y se obvia la referencia a la comisión de servicios como situación que genere el derecho al resarcimiento258.
   256 Art. 67.1 en relación con el art. 64.1. Complementariamente, vid. el texto de los Acuerdos de 21 de marzo de 2003, sobre abono de complementos salariales y pluses en nóminas correspondientes a periodos vacacionales del personal laboral.
257 Art. 67.2 frente al art. 64.2. En este sentido, vid. el Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía, BOJA de 21 de marzo, modificado sucesivamente por Orden de 14 de febrero de 1992, BOJA de 25 de febrero; Decreto 190/1993, de 28 de diciembre, BOJA de 3 de febrero de 1994; Decreto 220/1998, de 20 de octubre, BOJA de 14 de noviembre; y Decreto 404/2000, BOJA de 30 de noviembre.
258 Art. 68 en relación con el antiguo art. 65.
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