Page 45 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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La estructura de la negociación colectiva en la Administración andaluza
1. LaregulacióngeneraldelaestructuranegocialenlaAdmi- nistración Pública
Las reglas que rigen la estructura de la negociación colectiva constituyen una de las materias más complejas del sistema español de negociación colectiva. A pesar de su aparente simplicidad, basada en la libertad de negociación entre las partes, posteriormente se establecen multitud de excepciones a esa regla general, por cuanto que los intereses subyacentes en juego son múltiples y de muy diversa naturaleza.
Si tal afirmación de complejidad lo es con carácter general para la negocia- ción colectiva en su conjunto, mucho más acentuada se presenta en lo que refiere a aquella que se desarrolla en el ámbito de la Administración Pública1. Para empe- zar, el híbrido que supone la negociación colectiva en el sector público, se refleja y materializa en toda su extensión en esta materia relativa a la estructura de la negociación colectiva. Utilizamos el calificativo de híbrido en el sentido de que en este ámbito nos enfrentamos con toda su profusión a la dialéctica de tensión entre lo contractual y lo administrativo. En efecto, en cuanto que expresión de la libre contratación entre las partes, propia de todo fenómeno de negociación colec- tiva, el principio referencial debería ser el relativo a la libertad de las partes para decidir libremente cuál es el ámbito o nivel más idóneo en el que consideran debe verificarse la negociación entre las mismas; bebiendo de las fuentes típicas de un fenómeno de contratación privada, la autonomía de la voluntad se eleva a principio general. Por el contrario, complementario de lo anterior e incluso antagónico de ello, al tratarse de una contratación de carácter pública, en la medida en que una de las partes es la propia Administración Pública, la misma se ha de regir por medio de reglas administrativas que predeterminarían el procedimiento y, por ende en lo que aquí afecta, fijaría por anticipado los niveles y unidades de negociación.
1 Con carácter general, T. Sala Franco, A. Blasco Pellicer y J. A. Altés Tárrega, La negociación colectiva en el empleo público, Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Madrid 2001. Igualmente véase AA.VV. La negociación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos al servicio de las Administraciones Públicas Vascas (Coordinador J.P. Landa Zapirain), Instituto de Sociología Jurídica de Oñate, Dykinson, 2003.
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