Page 731 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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que se establece un complemento para retribuir a dicho personal, se le podrá reconocer, pre- vio estudio en la Subcomisión de Valoración y Definición de Puestos de Trabajo, el derecho a percibir la cuantía íntegra del complemento al que hace referencia el citado Acuerdo sin la minoración del complemento específico, con obligación de realizar el aumento de jornada correspondiente. En materia de horario podrá serle de aplicación el del personal funcionario, siempre y cuando, en razón del centro en que desempeña su trabajo y del horario del resto del personal laboral, esto sea posible, lo que deberá ser autorizado por la Dirección del centro.
Tercera. Cláusulas “ad personam”.
La entrada en vigor del presente Convenio Colectivo, no perjudicará las condiciones individuales de trabajo más beneficiosa vigentes hasta ese momento respecto de los traba- jadores y trabajadoras que se incluyen en su ámbito personal, siempre que hubieran sido adquiridas de conformidad con lo regulado en el V Convenio Colectivo.
Cuarta. Negociación de la estructura de puestos del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de Agricultura Ecológica.
Una vez creado el Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de Agricultura Ecológica, se estudiará la incorporación a la RPT del mismo de aquellos puestos que por las características de las tareas que realizan deban estar sometidos al ámbito de este Convenio.
Quinta. Estudio sobre realización de horas extraordinarias.
Las partes firmantes de este Convenio se comprometen a elaborar en el plazo máximo de un año un estudio sobre horas extraordinarias con el fin de confeccionar un plan que conduzca a la eliminación de las mismas.
Anexos: Textos de los Convenios y Acuerdos Colectivos
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