Page 74 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ANDALUZA
dores. No solamente esto, sino que con vistas a reforzar la autonomía y agilidad de gestión de la entidad en todas las esferas, no exclusivamente de la presupuestaria, se independiza en lo que refiere a la gestión de su personal. En concreto, ello su- pone no sólo que se trata de personal laboral, sino además de personal laboral que se excluye del ámbito de aplicación del VI Convenio, por vía de la conformación de unidades negociales propias. Ello da lugar a que en los últimos años en el seno de la Administración Autonómica vayan surgiendo ámbitos de negociación autónomos, en paralelo a la autonomía de gestión que va adquiriendo este tipo de entidades. Su dependencia jerárquica de la cúspide de la Consejería sigue siendo indiscutible, pero sin embargo, se apartan de la estructura negocial unitaria que se pretendió con la creación de un Convenio único para toda la Junta de Andalucía. Sólo a título de ejemplo, podríamos mencionar las siguientes unidades negociales: Empresa pú- blica de suelo de Andalucía, Empresa pública de gestión medioambiental, Empresa pública de deporte andaluz, Empresa Andaluza de Gestión de Instalaciones y Tu- rismo Juvenil, Empresa pública para el desarrollo agrario y pesquero de Andalucía, autoridades portuarias, plan Infoca, hospitales gestionados con forma de empresa pública, Veiasa, Servicios de Urgencia 061, fundaciones para la atención al enfermo mental y a los drogodependientes, Escuela Andaluza de Salud, etc.
Por último indicar que este tipo de prácticas son cada vez más generalizadas en todas las Administraciones Públicas, motivo por el que no se circunscriben a la Administración autonómica, sino que también suelen estar presentes en las entida- des locales. Por ejemplo, en ciertas ocasiones las Gerencias de urbanismo o parte de sus actividades se configuran como entidades autónomas que dan lugar a sus propios convenios colectivos.
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