Page 126 - Obras públicas de interés general
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 Obrw públicas tÚ ¡nurls gentM
mentedesarrolladocomoparapoderasumirlafinanciacióndegrandesinfraestruc­
turasalmargen,oalmenossinunadependènciaabsoluta,delospresupuestospúbli­ cos.Enunacoyunturaeconómicacomolaquevivimos,presididaporunafuerte liberalizacion económica, la parricipación de los paniculares en la construcción y exploración de las infraestructuras tiene forzosamenrc que incrementarse, lo que va
aproducircambiosimportantesenelrégimenjurídicodelasobraspúblicas.
Todo esto no signifiee, sin embargo, que la posición de hegemonía que los poderes públicos tienen sobre las infraestructuras de interés general se encuentre amenazada.
Laresponsabilidaddegarantizarunadecuadoequipamientodeinfraestructuras constituyeunacornpctenciairrenunciabledelasAdministracioncsPúblicas.Aellas
les corresponde velar por que a la hora de consrruir y gestionar obras públicas de interésgenerallarentabilidadeconómicanoseconviertaenelúnicocriterioaseguir.
Y,sinduda,entrelosparámetrosquetienenquemanejarseocupaunaposicióncen­ tralia protección del medio ambience.
II.LaatomizaciónnormativadelaobrapúblicaenelOrdenamiento Español después de la Constitución Española de 1978
La regulación jurídica de las infraestructuras públicas después de la Consriruci6n de 1978haseguidounprocesoinversoalquetuvolugarennuestroordenamientoa finales del siglo XIX. En este periodo histórico el régimen jurídico de las obras públi­ cas se había articulado de una forma sistemática. Primero se promulgó una ley de cabeceraaplicableengeneralatodaslasobraspúblicascomofuelareiteradaLey generaldeObraspúblicasde1877.Acontinuaciónseaprobaronunaseriedeleyes sectotiales para regular por separado cada clase de infraestructura atendiendo a sus caracterfsricas propias.
El Legislador postconricucional ha abandonado este sistema jurídico coherente y ha establecidouncaóticorégimenjurídicoenmateriadeinfraestructuras.Porunlado.
ha dejado que se "fosilicen" las disposiciones de la Ley general de Obras públicas que hoy son inaplicables, sin sustituirla por otra nueva. Su regulación ha venido p-inci­ palmentedelamanodelalegislaciónadrninisrrarivageneral,conespecialinciden­ ciadelanormativasobreelcontratoadministrativedeobrasy,sobrerodo,demanc­ rasectorialatravésdeunaserieheterogéneadedisposicioneslegalesrelativasalas distintasclasesdeobraspúblicas.Aestosdosbloquesdenormashayquesumarlela preocupación de las repercusiones que estas infraestructuras producen sobre el terri-
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