Page 126 - Obras públicas de interés general
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Obrw públicas tÚ ¡nurls gentM
mentedesarrolladocomoparapoderasumirlafinanciacióndegrandesinfraestruc
turasalmargen,oalmenossinunadependènciaabsoluta,delospresupuestospúbli cos.Enunacoyunturaeconómicacomolaquevivimos,presididaporunafuerte liberalizacion económica, la parricipación de los paniculares en la construcción y exploración de las infraestructuras tiene forzosamenrc que incrementarse, lo que va
aproducircambiosimportantesenelrégimenjurídicodelasobraspúblicas.
Todo esto no signifiee, sin embargo, que la posición de hegemonía que los poderes públicos tienen sobre las infraestructuras de interés general se encuentre amenazada.
Laresponsabilidaddegarantizarunadecuadoequipamientodeinfraestructuras constituyeunacornpctenciairrenunciabledelasAdministracioncsPúblicas.Aellas
les corresponde velar por que a la hora de consrruir y gestionar obras públicas de interésgenerallarentabilidadeconómicanoseconviertaenelúnicocriterioaseguir.
Y,sinduda,entrelosparámetrosquetienenquemanejarseocupaunaposicióncen tralia protección del medio ambience.
II.LaatomizaciónnormativadelaobrapúblicaenelOrdenamiento Español después de la Constitución Española de 1978
La regulación jurídica de las infraestructuras públicas después de la Consriruci6n de 1978haseguidounprocesoinversoalquetuvolugarennuestroordenamientoa finales del siglo XIX. En este periodo histórico el régimen jurídico de las obras públi cas se había articulado de una forma sistemática. Primero se promulgó una ley de cabeceraaplicableengeneralatodaslasobraspúblicascomofuelareiteradaLey generaldeObraspúblicasde1877.Acontinuaciónseaprobaronunaseriedeleyes sectotiales para regular por separado cada clase de infraestructura atendiendo a sus caracterfsricas propias.
El Legislador postconricucional ha abandonado este sistema jurídico coherente y ha establecidouncaóticorégimenjurídicoenmateriadeinfraestructuras.Porunlado.
ha dejado que se "fosilicen" las disposiciones de la Ley general de Obras públicas que hoy son inaplicables, sin sustituirla por otra nueva. Su regulación ha venido p-inci palmentedelamanodelalegislaciónadrninisrrarivageneral,conespecialinciden ciadelanormativasobreelcontratoadministrativedeobrasy,sobrerodo,demanc rasectorialatravésdeunaserieheterogéneadedisposicioneslegalesrelativasalas distintasclasesdeobraspúblicas.Aestosdosbloquesdenormashayquesumarlela preocupación de las repercusiones que estas infraestructuras producen sobre el terri-
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