Page 56 - Obras públicas de interés general
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«...laConstituciónnoimponeunainterpretaciónquerelegueeltítulorelarivoa
lasobraspúblicasa su mera construccióno financiación,yqueno permitacom­
prender todos los aspectos a los que se extiende la regulación contenida en la Ley
25/1988, esto es, la «planificación, proyección construcción, conservación,
financiación, uso y explotación de las carreteras estatales», cuestiones todas ellas
Inrimamenre vinculadas a la obra pública, a diferencia de otras de las que no se
ocupa [a Ley y sobre las que rigen otras regla de reparto competència], como la regulacióndeltráficoycirculacióndevehículosamotorolaordenacióndelos
transportesporcarretera(art.149.1.21CE).Ellosinperjuiciodequedicho título cotnpetencial pueda tener también una aplicación de alcance más reduci­ do. centrada en la financiación.» (F.J. 8°)
Deacuerdoconestadoctrinaconstitucionalnoexisteningúnobstáculoparaquelas obras públicas puedan ser objeto de un tratamiento unificado que recoja todos los
Esta ha sido nuestra tradición han manteni­ jurídica, que
elementos la que
integran.
do las Corres Generales, aunque sólo sectorialrncnte, después de la Constitución de
1978.Ahorabien,esimporranredestacarquesetratadeunámbitojurídicodonde elLegisladortieneunaamplialibertaddeconfiguración,comoresaltaelTribunal Constitucionalenlacoletillafinaldelpárrafocitado,porloquenoestávetadoque seproduzcaenelfururounareduccióndelcampodelasobraspúblicasquepuede venirmarcadonotantoporaumentarlascomperenciasdelasComunidadesAutó­ nomascomoporincrcmenrarelprotagonismodelainiciativaprivadaenlacons­ rruccién y la gestión de las infraestructuras.
,.Laobrapúblicacomounacompetenciaadministrativairrenunciable
La obra pública constituye en realidad una comperencia que tienen atribuida las AdrrunisrracionesPúblicas,comopartedesufunciónconstitucionaldeserviralos intereses generales. Engloba una beecrcgeneídad de funciones administrarivas cuya dererminación concreta le corresponde al Legislador. En este sentido BERMÚDEZ SÁNCHEZafirmaquelorelevanteparadererminarquenosencontramosanteuna obra pública «es el régimen[urídico de dependencia adrninistratioa; que en todo caso se Us anuda"tOl.
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