Page 785 - El Programa de Medidas Agroambientales en la provincia de Huelva
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IV. CONCLUSIONES
El III Programa (1982-1986)21 introduce ciertamente novedades sustanciales de enfoque, tras casi diez años de experiencia de acción comunitaria al respecto. Como se afirma textualmente, “la Política Común de Medio Ambiente [...] no sólo tiene como finalidad proteger la salud del hombre, la naturaleza y su Medio Ambiente, sino también asegurar una buena gestión de los recursos naturales, in- troduciendo especialmente preocupaciones de índole cualitativa en la concepción y organización del desarrollo económico y social”.
En consonancia con esa revisión del enfoque, el primer objetivo del Programa es la integración de la dimensión del Medio Ambiente en las demás políticas, rea- firmando el mecanismo de la evaluación de las incidencias sobre el entorno, es decir, se procede a un análisis de carácter integral, de las consecuencias que las actividades económicas tienen sobre el entorno físico en el que se desenvuelven. Ya era necesario tener en cuenta que la agricultura y los bosques ocupan el 80% del suelo en la Comunidad, y comportan impactos muy relevantes sobre el Medio Ambiente.
El IV Programa (1987-1992), se considera, generalmente, como una continuación y actualización del anterior. Sin embargo, al menos en lo que se refiere al enfoque de la prevención y control de la contaminación, este Programa aporta una crítica a la anterior experiencia comunitaria y una profundización en el objetivo de la actuación integral. Se plantea, así, superar una visión excesivamente sectorial, en la que se contemplaban sustancias contaminantes y medios receptores de forma aislada, de manera que se tuvieran en cuenta las interacciones entre diversos con- taminantes sobre un medio receptor y las transferencias de contaminación entre varios distintos de ellos. Este Programa esboza el cruce horizontal de las políticas medioambientales con el resto de políticas sectoriales, y entre ellas con la Econó- mica, por primera vez.
“Tal es el caso del IV Programa de la C.E.E. en materia de medio ambiente (1987-1992), donde se insiste en la necesidad de abandonar definitivamen- te la actitud de reaccionar ante los problemas medioambientales tan sólo cuando éstos han surgido, y adoptar un punto de vista general preventivo, basado en unas medidas estrictas y en la consideración del impacto sobre el medio ambiente de todas y cada una de las políticas sectoriales que inciden en nuestro entorno.
21 La Resolución del Consejo de las Comunidades Europeas y de los representantes de los gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 7 de febrero de 1983, relativa a la prosecución y ejecución de una política y de un programa de acción de las Comunidades Europeas en materia de medio ambiente (1982-1986) se publicó en el D.O.C.E. núm. 46, de 17 de febrero de 1983, de la serie C.
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